Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. III. Otras disposiciones. Delegación de competencias. (BOE-A-2025-15133)
Orden TDF/774/2025, de 11 de julio, de delegación de competencias en la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174
Lunes 21 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97549
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Orden TDF/774/2025, de 11 de julio, de delegación de competencias en la
Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial.
La disposición adicional séptima de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento
del ecosistema de las empresas emergentes, crea la Agencia Española de Supervisión
de Inteligencia Artificial, en adelante la Agencia, como organismo público con
personalidad jurídica pública, patrimonio propio, plena capacidad de obrar y potestades
administrativa, inspectora y sancionadora en aplicación de la normativa nacional y
europea en relación con el uso seguro y confiable de los sistemas de inteligencia
artificial.
Mediante el Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto, por el que se aprueba el
Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, se adscribe la
Agencia al actual Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a
través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
La disposición transitoria primera de dicho estatuto prevé un régimen presupuestario
transitorio, pertinente en la situación actual de la Agencia, según el cual, «en tanto en
cuanto la Agencia no tenga presupuesto aprobado por ley, los gastos se imputarán con
cargo al presupuesto del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital».
Para lograr que en esta situación transitoria la Agencia pueda actuar con autonomía
de gestión para la consecución de sus objetivos y facilitar un ejercicio eficaz de sus
potestades presupuestarias y de gestión administrativa, resulta aconsejable que
determinadas competencias ministeriales de gestión presupuestaria se ejerzan
directamente por la persona titular de la dirección de la Agencia, como máximo órgano
ejecutivo que tiene atribuida la dirección y gestión ordinaria de esta. Concretamente, se
delegan las competencias de las personas titulares del Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial y de la Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública,
reconocidas por los artículos 61.l), 62.2.j) y 63.1.i) respectivamente de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; para la administración de los
créditos para gastos de los presupuestos, incluyendo la aprobación y compromiso de los
gastos, el reconocimiento de las obligaciones económicas y la propuesta de pago.
Esta delegación se ajusta a lo establecido en el Real Decreto 210/2024, de 27 de
febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública y a la Orden TDF/469/2024, de 9 de
mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para
gastos y de delegación de competencias.
En consecuencia, la presente orden tiene por objeto aprobar la delegación de
determinadas competencias de las personas titulares del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, de la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial y de la Subsecretaría para la Transformación Digital
y de la Función Pública en materia de gestión presupuestaria en la persona titular de la
dirección de la Agencia en los términos que en la misma se establecen.
cve: BOE-A-2025-15133
Verificable en https://www.boe.es
15133
Núm. 174
Lunes 21 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97549
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Y DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
Orden TDF/774/2025, de 11 de julio, de delegación de competencias en la
Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial.
La disposición adicional séptima de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento
del ecosistema de las empresas emergentes, crea la Agencia Española de Supervisión
de Inteligencia Artificial, en adelante la Agencia, como organismo público con
personalidad jurídica pública, patrimonio propio, plena capacidad de obrar y potestades
administrativa, inspectora y sancionadora en aplicación de la normativa nacional y
europea en relación con el uso seguro y confiable de los sistemas de inteligencia
artificial.
Mediante el Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto, por el que se aprueba el
Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de Inteligencia Artificial, se adscribe la
Agencia al actual Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública a
través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
La disposición transitoria primera de dicho estatuto prevé un régimen presupuestario
transitorio, pertinente en la situación actual de la Agencia, según el cual, «en tanto en
cuanto la Agencia no tenga presupuesto aprobado por ley, los gastos se imputarán con
cargo al presupuesto del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital».
Para lograr que en esta situación transitoria la Agencia pueda actuar con autonomía
de gestión para la consecución de sus objetivos y facilitar un ejercicio eficaz de sus
potestades presupuestarias y de gestión administrativa, resulta aconsejable que
determinadas competencias ministeriales de gestión presupuestaria se ejerzan
directamente por la persona titular de la dirección de la Agencia, como máximo órgano
ejecutivo que tiene atribuida la dirección y gestión ordinaria de esta. Concretamente, se
delegan las competencias de las personas titulares del Ministerio para la Transformación
Digital y de la Función Pública, de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia
Artificial y de la Subsecretaría para la Transformación Digital y de la Función Pública,
reconocidas por los artículos 61.l), 62.2.j) y 63.1.i) respectivamente de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; para la administración de los
créditos para gastos de los presupuestos, incluyendo la aprobación y compromiso de los
gastos, el reconocimiento de las obligaciones económicas y la propuesta de pago.
Esta delegación se ajusta a lo establecido en el Real Decreto 210/2024, de 27 de
febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública y a la Orden TDF/469/2024, de 9 de
mayo, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para
gastos y de delegación de competencias.
En consecuencia, la presente orden tiene por objeto aprobar la delegación de
determinadas competencias de las personas titulares del Ministerio para la
Transformación Digital y de la Función Pública, de la Secretaría de Estado de
Digitalización e Inteligencia Artificial y de la Subsecretaría para la Transformación Digital
y de la Función Pública en materia de gestión presupuestaria en la persona titular de la
dirección de la Agencia en los términos que en la misma se establecen.
cve: BOE-A-2025-15133
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