Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15026)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con el Colegio de Economistas de Lugo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173
Sábado 19 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97099
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
15026
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio de Economistas de Lugo.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de
Economistas de Lugo, un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 14 de julio de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio de Economistas de Lugo, de colaboración en materia
de Gestión Catastral
En Madrid y Lugo, a nueve de julio del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Salustiano Velo Sabín, Presidente del Colegio de Economistas de
Lugo, habiendo sido proclamado electo el 15 de mayo de 2023, cuya representación
ostenta al amparo del artículo 28.c) de los Estatutos del Colegio, aprobados por Orden
de 9 de mayo de 2017 de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia (DOG de 26 de mayo).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-15026
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 173
Sábado 19 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97099
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE HACIENDA
15026
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con el Colegio de Economistas de Lugo.
Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de
Economistas de Lugo, un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo de esta resolución.
Madrid, 14 de julio de 2025.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General
del Catastro) y el Colegio de Economistas de Lugo, de colaboración en materia
de Gestión Catastral
En Madrid y Lugo, a nueve de julio del año dos mil veinticinco.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre
de 2016), en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el
artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de
competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión
presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías
de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021).
De otra parte, don Salustiano Velo Sabín, Presidente del Colegio de Economistas de
Lugo, habiendo sido proclamado electo el 15 de mayo de 2023, cuya representación
ostenta al amparo del artículo 28.c) de los Estatutos del Colegio, aprobados por Orden
de 9 de mayo de 2017 de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia de la Xunta de Galicia (DOG de 26 de mayo).
EXPONEN
El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, el Real Decreto 206/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la
estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda establece que la Dirección General
del Catastro ejercerá las funciones relativas a la formación, mantenimiento, valoración y
demás actuaciones inherentes al Catastro Inmobiliario.
cve: BOE-A-2025-15026
Verificable en https://www.boe.es
Primero.