Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15018)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la prestación del servicio centralizado de Nómina Estándar de la Administración General del Estado y el Servicio de Visualización de Nóminas Servinómina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 19 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97073
nuevas funcionalidades sean necesarias para la plena evolución de NEDAES como
aplicación de administración electrónica. Incluye la modificación y puesta en producción
de las mejoras.
2. Facilitar los medios materiales y humanos necesarios para proveer el servicio
centralizado NEDAES de modo que el Centro Usuario pueda realizar el tratamiento
automatizado de las nóminas del personal adscrito a la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo.
3. Prestar el soporte técnico a usuarios y la atención a las incidencias y solicitudes
recibidas en relación con el funcionamiento de la aplicación, de acuerdo con lo señalado
en el anexo I del presente documento.
4. Preparar cursos de formación del funcionamiento de la nómina NEDAES para el
personal responsable de la utilización de la aplicación en el Centro Usuario.
5. Prestar el soporte técnico a usuarios según las condiciones recogidas en el
anexo I del presente convenio.
6. Poner a disposición de la Agencia Española de Cooperación Internacional para
el Desarrollo el Servicio de Visualización de Nóminas Servinómina, en los términos y
condiciones que se establecen en el anexo III del presente documento.
7. Asumir las obligaciones que le corresponden a la AEAD como encargado del
tratamiento de los datos personales de los perceptores de nómina, de acuerdo con lo
previsto en el apartado 2 la disposición adicional séptima del Real Decreto 1118/2024,
de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de
Administración Digital y de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa
de aplicación en materia de protección de datos.
Tercera. Obligaciones del Centro Usuario.
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, como Centro
Usuario de NEDAES, se compromete a cumplir con las obligaciones que se exponen a
continuación:
1. Administrar el funcionamiento de la nómina, consistente en tareas tales como la
parametrización de los conceptos retributivos y de las deducciones, de las cotizaciones a
la Seguridad Social, registro y definición de los perfiles de seguridad de los usuarios de
la aplicación, introducción de datos, lanzamiento de los procesos de cálculo, introducción
de variaciones de nómina, etc.
2. Facilitar a la AEAD la información técnica y administrativa relacionada con su
gestión de nóminas que aquella estime necesaria para el mejor desarrollo y
mantenimiento de NEDAES.
3. Encargarse del primer nivel de soporte informático, con su personal informático,
o bien quien/quienes determine, de acuerdo con lo establecido en la cláusula quinta.
4. Cumplir las obligaciones en relación al uso de Servinómina, indicadas en el
anexo III.
5. Asumir las obligaciones que le corresponden al Centro Usuario como
responsable del tratamiento de los datos personales de los perceptores de nómina, de
acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento general de protección de datos, la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y demás normativa de aplicación en materia de
protección de datos.
cve: BOE-A-2025-15018
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 173
Sábado 19 de julio de 2025
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nuevas funcionalidades sean necesarias para la plena evolución de NEDAES como
aplicación de administración electrónica. Incluye la modificación y puesta en producción
de las mejoras.
2. Facilitar los medios materiales y humanos necesarios para proveer el servicio
centralizado NEDAES de modo que el Centro Usuario pueda realizar el tratamiento
automatizado de las nóminas del personal adscrito a la Agencia Española de
Cooperación Internacional para el Desarrollo.
3. Prestar el soporte técnico a usuarios y la atención a las incidencias y solicitudes
recibidas en relación con el funcionamiento de la aplicación, de acuerdo con lo señalado
en el anexo I del presente documento.
4. Preparar cursos de formación del funcionamiento de la nómina NEDAES para el
personal responsable de la utilización de la aplicación en el Centro Usuario.
5. Prestar el soporte técnico a usuarios según las condiciones recogidas en el
anexo I del presente convenio.
6. Poner a disposición de la Agencia Española de Cooperación Internacional para
el Desarrollo el Servicio de Visualización de Nóminas Servinómina, en los términos y
condiciones que se establecen en el anexo III del presente documento.
7. Asumir las obligaciones que le corresponden a la AEAD como encargado del
tratamiento de los datos personales de los perceptores de nómina, de acuerdo con lo
previsto en el apartado 2 la disposición adicional séptima del Real Decreto 1118/2024,
de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de
Administración Digital y de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679
del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de
las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
general de protección de datos), la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y demás normativa
de aplicación en materia de protección de datos.
Tercera. Obligaciones del Centro Usuario.
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, como Centro
Usuario de NEDAES, se compromete a cumplir con las obligaciones que se exponen a
continuación:
1. Administrar el funcionamiento de la nómina, consistente en tareas tales como la
parametrización de los conceptos retributivos y de las deducciones, de las cotizaciones a
la Seguridad Social, registro y definición de los perfiles de seguridad de los usuarios de
la aplicación, introducción de datos, lanzamiento de los procesos de cálculo, introducción
de variaciones de nómina, etc.
2. Facilitar a la AEAD la información técnica y administrativa relacionada con su
gestión de nóminas que aquella estime necesaria para el mejor desarrollo y
mantenimiento de NEDAES.
3. Encargarse del primer nivel de soporte informático, con su personal informático,
o bien quien/quienes determine, de acuerdo con lo establecido en la cláusula quinta.
4. Cumplir las obligaciones en relación al uso de Servinómina, indicadas en el
anexo III.
5. Asumir las obligaciones que le corresponden al Centro Usuario como
responsable del tratamiento de los datos personales de los perceptores de nómina, de
acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento general de protección de datos, la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y demás normativa de aplicación en materia de
protección de datos.
cve: BOE-A-2025-15018
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