Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15018)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, para la prestación del servicio centralizado de Nómina Estándar de la Administración General del Estado y el Servicio de Visualización de Nóminas Servinómina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Sábado 19 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97081

realice alguna tarea de mantenimiento. Deberá existir disponibilidad de alguna de esas
tres personas, en el horario de atención de solicitudes, anteriormente indicado.
– Realizar la validación del buen funcionamiento después de que se realice una
actualización de la aplicación. En caso de no indicar observación en contra en el plazo
que establezca la AEAD, se desplegará la solución al entorno de producción. Estas
pruebas se harán en un entorno de validación provisto por la AEAD con este propósito.
– Informar de cualquier incidencia o sospecha de mal funcionamiento tan pronto
como se perciba.
– Disponer de un sistema electrónico para la comunicación con el Centro de
Soporte.
– Respetar las especificaciones y condiciones técnicas del servicio.
– Utilizar la aplicación de forma segura de acuerdo a los procedimientos de uso que
se establezcan.
ANEXO II
Tarifas a aplicar en el presente convenio por la utilización del servicio centralizado
NEDAES de la AEAD según número de perceptores y número de esquemas

De 1 a 500.

Tarifa aplicable

12.000,00 €

De 501 a 1000.

6 €/perceptor

De 1001 a 1500.

5 €/perceptor

De 1501 a 8000.

2 €/perceptor

Más de 8000.

1 €/perceptor

Número de esquemas de base de datos

1 esquema.

Incremento
aplicable

0,00 €

De 2 a 10 esquemas.

2000 €/esquema

Más de 10 esquemas.

500 €/esquema

Se entiende por «Número de perceptores tratados por el Centro Usuario», el número
de perceptores en alta en las nóminas ordinarias que se calcula para todas las
habilitaciones reales de pago de nómina (excluyendo las de prueba o archivo) que se
tiene previsto tratar por el Centro Usuario en el servicio NEDAES, en el conjunto de
esquemas utilizados.
La tarifa aplicable por este concepto comprende una tarifa base para el número de
perceptores de 1 a 500, que se ampliará con un coste por perceptor indicado en cada
bloque de aplicación.
Se entiende por «Número de esquemas de base de datos» el número de esquemas
de base de datos que utiliza el Centro Usuario en el servicio centralizado NEDAES en el
entorno de producción.
El incremento aplicable por este concepto es cero para el uso de un esquema y un
coste por esquema indicado en cada bloque de aplicación.
La estimación de ambos conceptos se comunicará a la AEAD mediante el formulario
definido en el anexo IV.

cve: BOE-A-2025-15018
Verificable en https://www.boe.es

Número de perceptores tratados por el Centro Usuario