Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-14872)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la realización del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96341
básica de los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer
las funciones relativas a la coordinación y mantenimiento del Catálogo Colectivo del
Patrimonio Bibliográfico.
Que, conforme establece el artículo 51 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de
Patrimonio Histórico Español, la Administración del Estado, en colaboración con las
demás Administraciones Públicas competentes, confeccionará el Catálogo Colectivo de
los Bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico.
Que el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la
Ley 16/1985 dispone en su artículo 37 que, para facilitar su elaboración, el Ministerio de
Cultura podrá establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su
artículo 48 y concordantes, faculta a la Administración General del Estado y a los
órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas para la celebración entre sí de
convenios interadministrativos en el ámbito de sus respectivas competencias, señalando
así mismo, el contenido mínimo de éstos.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.1.18 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid, la Comunidad de Madrid tiene atribuida competencia en materia
de Patrimonio Cultural de su Comunidad.
Que es propósito de ambas partes colaborar directa y decididamente en la
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español y en este sentido en la
elaboración del Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del patrimonio bibliográfico.
A tal fin el Ministerio de Cultura tiene consignado, en sus Presupuestos Generales
del Estado para 2023, prorrogados para 2025, en el capítulo 4, aplicación
presupuestaria 24.03.332B.451 de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la
Lectura, una cantidad total de 125.000 euros que distribuirá entre las diferentes
comunidades y ciudades autónomas, en función del número de comunidades en
disposición de firmar el convenio durante el año 2025 y de la disponibilidad
presupuestaria de cada comunidad o ciudad autónoma para destinar a este concepto,
con un mínimo fijado en 10.000 euros y un máximo de 125.000 euros.
En consecuencia, el Ministerio de Cultura y la Comunidad de Madrid quieren suscribir
un convenio con la intención de continuar la colaboración mutua en la elaboración del
Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico.
En su virtud acuerdan las siguientes cláusulas.
CLÁUSULAS
El convenio tiene por objeto la colaboración entre el Ministerio de Cultura y la
Comunidad de Madrid para la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio
Bibliográfico de la citada Comunidad Autónoma, mediante la financiación por ambas
partes de los trabajos de catalogación y/o recogida de datos de aquellas obras existentes
en las bibliotecas públicas o privadas de la Comunidad de Madrid que por su antigüedad,
singularidad o las especiales características de sus ejemplares forman parte del
patrimonio bibliográfico, de cara a su protección y difusión. Esta catalogación y/o
recogida de datos se realizarán sobre una parte de las colecciones ubicadas en
bibliotecas u otras instituciones de la memoria ubicadas en su territorio conforme al plan
de trabajo definido por la Comunidad Autónoma y comunicado a la Dirección General del
Libro, del Cómic y de la Lectura.
Segunda.
Obligaciones y compromisos económicos de las partes.
1. El Ministerio de Cultura y la Comunidad de Madrid se comprometen a realizar en el
presente ejercicio 2025 aportaciones para financiar la ejecución del objeto del convenio.
La Comunidad de Madrid aportará el 35 por ciento del total de la cantidad que se
invierta dicho año en la confección del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de
cve: BOE-A-2025-14872
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96341
básica de los departamentos ministeriales, corresponde al Ministerio de Cultura ejercer
las funciones relativas a la coordinación y mantenimiento del Catálogo Colectivo del
Patrimonio Bibliográfico.
Que, conforme establece el artículo 51 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de
Patrimonio Histórico Español, la Administración del Estado, en colaboración con las
demás Administraciones Públicas competentes, confeccionará el Catálogo Colectivo de
los Bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico.
Que el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la
Ley 16/1985 dispone en su artículo 37 que, para facilitar su elaboración, el Ministerio de
Cultura podrá establecer convenios de colaboración con las Comunidades Autónomas.
Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su
artículo 48 y concordantes, faculta a la Administración General del Estado y a los
órganos de gobierno de las Comunidades Autónomas para la celebración entre sí de
convenios interadministrativos en el ámbito de sus respectivas competencias, señalando
así mismo, el contenido mínimo de éstos.
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 26.1.18 del Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid, la Comunidad de Madrid tiene atribuida competencia en materia
de Patrimonio Cultural de su Comunidad.
Que es propósito de ambas partes colaborar directa y decididamente en la
promoción, protección y difusión del patrimonio histórico español y en este sentido en la
elaboración del Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del patrimonio bibliográfico.
A tal fin el Ministerio de Cultura tiene consignado, en sus Presupuestos Generales
del Estado para 2023, prorrogados para 2025, en el capítulo 4, aplicación
presupuestaria 24.03.332B.451 de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la
Lectura, una cantidad total de 125.000 euros que distribuirá entre las diferentes
comunidades y ciudades autónomas, en función del número de comunidades en
disposición de firmar el convenio durante el año 2025 y de la disponibilidad
presupuestaria de cada comunidad o ciudad autónoma para destinar a este concepto,
con un mínimo fijado en 10.000 euros y un máximo de 125.000 euros.
En consecuencia, el Ministerio de Cultura y la Comunidad de Madrid quieren suscribir
un convenio con la intención de continuar la colaboración mutua en la elaboración del
Catálogo Colectivo de los bienes integrantes del Patrimonio Bibliográfico.
En su virtud acuerdan las siguientes cláusulas.
CLÁUSULAS
El convenio tiene por objeto la colaboración entre el Ministerio de Cultura y la
Comunidad de Madrid para la elaboración del Catálogo Colectivo del Patrimonio
Bibliográfico de la citada Comunidad Autónoma, mediante la financiación por ambas
partes de los trabajos de catalogación y/o recogida de datos de aquellas obras existentes
en las bibliotecas públicas o privadas de la Comunidad de Madrid que por su antigüedad,
singularidad o las especiales características de sus ejemplares forman parte del
patrimonio bibliográfico, de cara a su protección y difusión. Esta catalogación y/o
recogida de datos se realizarán sobre una parte de las colecciones ubicadas en
bibliotecas u otras instituciones de la memoria ubicadas en su territorio conforme al plan
de trabajo definido por la Comunidad Autónoma y comunicado a la Dirección General del
Libro, del Cómic y de la Lectura.
Segunda.
Obligaciones y compromisos económicos de las partes.
1. El Ministerio de Cultura y la Comunidad de Madrid se comprometen a realizar en el
presente ejercicio 2025 aportaciones para financiar la ejecución del objeto del convenio.
La Comunidad de Madrid aportará el 35 por ciento del total de la cantidad que se
invierta dicho año en la confección del Catálogo Colectivo del Patrimonio Bibliográfico de
cve: BOE-A-2025-14872
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.