Comunidad Autónoma de Andalucía. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia. (BOE-A-2025-14824)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto de trabajo en la Oficina Fiscal de la Fiscalía Provincial de Málaga.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Jueves 17 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 96085

dentro de dicho ámbito competencial deberán aportar certificación, expedida por el
órgano competente, de la antigüedad acreditada.
4. Los méritos específicos recogidos en el anexo IV de los funcionarios que tengan
destino en el ámbito competencial de la Junta de Andalucía, se acreditarán con la Hoja
de Acreditación de Datos de SIRhUS. Los méritos del concepto 161 (Experiencia en
gestión de aplicaciones informáticas Judiciales/fiscales), se acreditarán mediante
certificación de los titulares de la jefatura de las fiscalías o de los responsables técnicos
procesales de los centros de destino donde las personas aspirantes hayan realizado las
funciones.
5. La alegación de los méritos específicos no incluidos en la hoja de acreditación de
datos y los del personal funcionario con destino fuera del ámbito competencial de la
Junta de Andalucía deberá realizarse en el modelo que figura como anexo III de esta
resolución, que acompañará a la solicitud. Dichos méritos deberán ser acreditados de
manera documental mediante las correspondientes certificaciones, títulos, justificantes,
tomas de posesión y cese en el centro de destino o cualquier otro medio documental,
debidamente compulsados.
6. La Comisión de Valoración, una vez examinada la documentación aportada por
el personal concursante, podrá recabar de las personas candidatas las aclaraciones o,
en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación
de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren
precisos para una ajustada inclusión o valoración.
Quinta.

Fases del concurso y puntuación.

1.

El concurso constará de dos fases:

a)
b)

Primera fase: comprobación y valoración de méritos generales: antigüedad.
Segunda fase: valoración de méritos específicos.

En este apartado se tendrán en cuenta los méritos específicos, adecuados a las
características y contenido del puesto de trabajo descrito en el anexo I, valorándose por
un lado, la posesión de titulaciones académicas oficiales directamente relacionadas con
el puesto al que se concursa, distintas a las exigidas para el ingreso en su
correspondiente cuerpo o escala, relacionadas con el puesto de trabajo; y por otro lado,
las aptitudes concretas a través de conocimientos, experiencia y aquellos otros
elementos que garanticen la adecuación del aspirante para el desempeño del puesto.
Sexta.

Solicitudes.

https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/10596.html
4. Las personas participantes podrán solicitar el puesto singularizado descrito en el
anexo I, siempre que reúnan los requisitos exigidos para ese puesto de trabajo.
5. Los participantes no podrán anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación.
6. La solicitud formulada será vinculante para la persona peticionaria una vez
transcurrido el período de presentación de instancias.

cve: BOE-A-2025-14824
Verificable en https://www.boe.es

1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso irán dirigidas a la Secretaría
General de Servicios Judiciales y se ajustarán a los modelos publicados como anexo II.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día
siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía» y en el «Boletín Oficial del Estado». Si no se lograra la simultaneidad de
publicaciones, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
3. Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del siguiente enlace
electrónico: