Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-14859)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales para los años 2025 y 2026 del III Convenio colectivo estatal de notarios/notarias y personal empleado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171

Jueves 17 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 96219

Los importes correspondientes al Variable Adicional B que resultan de la revisión
salarial reflejada se abonarán, en un único pago, en la nómina del mes siguiente a la
publicación del Acta de la revisión salarial en el BOE.
2.

Tabla salarial fija para el año 2026:

A. Para el año 2026, una vez aplicada la revisión fija del 1 %, el salario fijo es el
recogido a continuación:
Salario base bruto 2026

(Euros por año)

Categoría

Nivel 1.

31.018,05

Grupo 1.º Subgrupo a). Nivel 2.

29.362,36

Nivel 3.

27.886,49

Nivel 1.

31.018,05

Grupo 1.º Subgrupo b). Nivel 2.

29.362,36

Nivel 3.

27.886,49

Nivel 1.

27.433,80

Grupo 2.º Subgrupo a). Nivel 2.

26.212,18

Nivel 3.

24.965,75

Nivel 1.

23.861,95

Grupo 2.º Subgrupo b). Nivel 2.

21.641,94

Nivel 3.

20.711,76

Nivel 1.

20.476,13

Grupo 2.º Subgrupo c). Nivel 2.

18.851,42

Nivel 3.

18.132,11

Nivel 1.

16.054,72

Nivel 2.

15.670,25

Nivel 3.

15.341,61

Grupo 3.º

B.

Particularidades Grupo 3.º para el año 2026:

Salario 2026

Euros

SMI

Euros

C. Diferencia

Euros

Nivel 1

16.054,72

16.576,00

521,28

Grupo 3.º Nivel 2

15.670,25

16.576,00

905,75

Nivel 3

15.341,61

16.576,00

1.234,39

cve: BOE-A-2025-14859
Verificable en https://www.boe.es

Dado que el importe del salario base fijo del Grupo 3.º referenciado (el «Salario 2026») es
inferior al salario mínimo interprofesional actualmente vigente (el «SMI»), se acuerda que, por el
momento, y a expensas de si finalmente se devengan los variables adicionales A y B de 2026, a
las personas trabajadoras encuadradas en tal Grupo 3.º, se le abonará a cuenta del incremento
que finalmente se acuerde, en su caso, la cantidad que corresponda para que su retribución
global alcance el SMI. A modo de ejemplo, en los casos en los que su retribución se corresponda
con el Salario 2026, la cantidad a abonar será la indicada en la columna «C. Diferencia»: