Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14855)
Resolución de 11 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Digital y el Ministerio del Interior, para la prestación del servicio distribuido de Nómina Estándar de la Administración General del Estado y el Servicio de Visualización de Nóminas Servinómina.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96199
cve: BOE-A-2025-14855
Verificable en https://www.boe.es
número de esquemas en el que está previsto realizar el tratamiento, en el entorno de
producción, asciende a un total de 1. En los años sucesivos, si se hubiesen detectado
variaciones respecto a la estimación inicial, el Mecanismo de Seguimiento podrá ajustar
la contribución correspondiente a cada anualidad en función del uso real de los recursos,
siempre que dichos reajustes no supongan un incremento económico de la cifra total
comprometida ni aumento del plazo global. En caso de no producirse este ajuste, la
contribución permanecerá sin variación.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 48 la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
anualidad de vigencia del convenio, los compromisos financieros asumidos.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96199
cve: BOE-A-2025-14855
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producción, asciende a un total de 1. En los años sucesivos, si se hubiesen detectado
variaciones respecto a la estimación inicial, el Mecanismo de Seguimiento podrá ajustar
la contribución correspondiente a cada anualidad en función del uso real de los recursos,
siempre que dichos reajustes no supongan un incremento económico de la cifra total
comprometida ni aumento del plazo global. En caso de no producirse este ajuste, la
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Ley 40/2015, de 1 de octubre, declara tener capacidad para financiar durante cada
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