Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14778)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con NGS Global, SL, para la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Miércoles 16 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 95815

Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora.
III. El tutor académico de la UIMP, a la vista del informe del tutor de NGS Global, SL, y
de la memoria final presentada por el estudiante, evaluará las prácticas cumplimentando el
correspondiente informe de valoración.
IV. La UIMP emitirá, a solicitud del estudiante, y a la vista del informe de valoración de
su tutor, un documento acreditativo de las mismas, que contendrá al menos los siguientes
aspectos:
Titular del documento.
Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.
Descripción de la práctica especificando su duración y fechas de realización.
Actividades realizadas.
Aquellos otros que la UIMP considere convenientes.
Décima. Bolsa o ayuda al estudio.
En concepto de bolsa o ayuda al estudio, NGS Global, SL, podrá, si lo considera
oportuno, conceder a cada alumno participante en el programa una cantidad mensual que
dependerá del curso académico del alumno, de su dedicación horaria y del tiempo de
duración de la práctica. El importe, si lo hubiera, se recogerá en el anexo de formalización
de la práctica.
Undécima.

Gastos de gestión del programa de prácticas por la UIMP.

La UIMP renuncia a percibir de NGS Global, SL, cantidad alguna en concepto de gastos
de gestión de las prácticas cuando éstas sean curriculares y realización de proyectos.
Para el caso de prácticas académicas externas extracurriculares NGS Global, SL
abonará a la UIMP la cantidad de cuarenta euros (40 €) –I.V.A. exento– por cada práctica –
o ampliación de prácticas– que se realice al amparo de este convenio, en concepto de
gastos de gestión de dichas prácticas. Este importe no podrá ser en ningún caso a cargo de
las partidas o créditos destinados a becas o a ayudas.
Para cada uno de los anexos firmados, el pago señalado en el párrafo anterior se hará
de una sola vez en el plazo máximo de un mes desde la recepción de la factura que emita la
UIMP a la firma del anexo de formalización. La cantidad se transferirá a la cuenta n.º
ES95-9000-0001-20-0200008606 abierta a nombre de la Universidad Internacional
Menéndez Pelayo en el Banco de España, agencia de Madrid.
No procederá la devolución del importe cobrado por gestión del programa de prácticas,
ni total ni parcialmente, en caso de anulación parcial o total de una práctica según lo
establecido en la cláusula duodécima.
Finalización anticipada de las prácticas.

I. La UIMP se reserva la facultad de dar por finalizada una práctica por incumplimiento
por parte de NGS Global, SL, del pago de la cantidad estipulada en la cláusula undécima o
del resto de compromisos adquiridos en este convenio y sus anexos.
Asimismo, la UIMP podrá solicitar la finalización de un periodo de prácticas en caso de
que su tutor académico valore que las actividades que se están desarrollando no
corresponden con lo pactado en el proyecto formativo y, por tanto, no son útiles para el
desarrollo de las capacidades y competencias curriculares del alumno, sin que este hecho
haya podido ser solucionado a través de la oportuna coordinación y comunicación con el
tutor designado por NGS Global, SL, para dicha práctica. La UIMP deberá notificar este
hecho a NGS Global, SL, quien podrá reorganizar las tareas del alumno o dar por finalizada
la práctica en el plazo de 10 días desde la recepción de la notificación.
II. NGS Global, SL, podrá, por su parte, dar por finalizada, para un determinado
alumno o grupo de alumnos, la participación en el programa por incumplimiento de las
cláusulas establecidas en el presente convenio y en sus anexos, o vulneración de las

cve: BOE-A-2025-14778
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Duodécima.