Ministerio de Cultura. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-14726)
Resolución de 30 de junio de 2025, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, como personal laboral fijo, fuera de convenio, en la categoría Jefe/a de Prensa y Comunicación Digital.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Miércoles 16 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 95660

De acuerdo con todo lo anterior, este proceso selectivo se desarrollará con arreglo a
las siguientes
Bases de convocatoria
1.

Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza como personal laboral fuera
de convenio del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía con la categoría de Jefe/a
de prensa y comunicación digital, adscrito/a a la Dirección de Comunicación del
mencionado organismo público, por el sistema de acceso libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición,
con las valoraciones y ejercicios que se especifican en el anexo I.
1.3 La descripción de la plaza y sus características se detallan en el anexo II de
esta convocatoria.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo III.
1.5 En virtud de lo establecido en el artículo 3.18 Real Decreto 656/2024, de 2 de
julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2024,
se publicará en el punto de acceso general, administracion.gob.es, la información relativa
a esta convocatoria y sus bases, así como cualquier otra información relacionada con
este proceso selectivo, para que las personas participantes puedan seguir el desarrollo
del mismo. Asimismo, se publicará además en la página web del Museo Nacional Centro
de Arte Reina Sofía, https://www.museoreinasofia.es/.
2.

Requisitos de las personas candidatas

Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo las personas aspirantes
deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes
requisitos de participación:
2.1

Nacionalidad:

2.2 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas
descritas en el anexo II.
2.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
2.4 Habilitación: No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para ejercer funciones
similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese
sido separado o inhabilitado.

cve: BOE-A-2025-14726
Verificable en https://www.boe.es

a) Tener la nacionalidad española.
b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.
c) Cualquiera que sea su nacionalidad, podrá tomar parte el cónyuge de los
españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre
que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo, menores de
veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se
encuentren con residencia legal en España.