Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14673)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre la información relativa a los costes y rendimientos de los servicios incluida en las cuentas generales de los ayuntamientos de municipios de más de 50.000 habitantes, diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, correspondientes al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Martes 15 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 95260

Todas las alegaciones han sido analizadas y objeto del oportuno tratamiento, dando lugar a las
modificaciones y precisiones en el Informe que se han considerado procedentes. No se han
realizado cambios ni valoraciones respecto de las alegaciones que explican, aclaran o justifican los
resultados sin rebatir su contenido; plantean opiniones sin soporte documental o normativo; tratan
de explicar, aclarar o justificar determinadas actuaciones sin contradecir el contenido del Informe; o
señalan que las deficiencias o irregularidades se han subsanado con posterioridad al periodo
fiscalizado.
El resultado definitivo de la fiscalización es el expresado en los posteriores apartados del Informe,
con independencia de las consideraciones manifestadas en las alegaciones.
RESULTADOS DE LA FISCALIZACIÓN
Como se ha indicado anteriormente, la información sobre el coste y rendimiento de los servicios
públicos que están obligadas a cumplimentar las entidades locales incluidas en el ámbito subjetivo
de la fiscalización, en sus cuentas generales, consiste en dos clases de documentos.
En primer lugar, acompañando a la cuenta general, deben remitir la memoria justificativa del
coste y rendimiento de los servicios públicos y la relativa al grado de cumplimiento de los
objetivos, a que se refiere el artículo 211 del TRLRHL. No obstante, tal y como se indica en el
subapartado I.5, hasta la fecha no se ha realizado el desarrollo normativo que establezca el
contenido de las memorias, lo que origina que en la elaboración de estos documentos se utilice
información muy heterogénea.
Asimismo, se establece la cumplimentación de las notas 26 y 27 de la memoria de las cuentas
anuales, que tienen carácter obligatorio, al menos, para aquellas actividades que se financien
mediante tasas o precios públicos.
En la nota 26 de la memoria se recoge la información sobre el coste de las actividades
desarrolladas, mediante cuatro estados, en los que se expone aquella con diferente grado de
detalle:
1. Resumen general de costes de la entidad, en el que se desglosan los elementos de coste
para el conjunto de la organización.
2. Resumen del coste por elementos de las actividades, que incluye información, para cada
una de las actividades consideradas por la entidad, sobre los costes directos e indirectos.
3. Resumen de costes por actividad, que sintetiza los costes asignados a todas las
actividades consideradas por la entidad.

Por su parte, la nota 27 incluye un total de nueve indicadores de gestión definidos en la ICAL, que
pretenden informar sobre la organización atendiendo, especialmente, a la evaluación de la eficacia,
eficiencia y economía en la prestación de los servicios o actividades.
En concreto, se prevé la cumplimentación de los siguientes indicadores de gestión:
1. Los indicadores de eficacia, que incluyen: a) el que relaciona el número de actuaciones
realizadas y previstas; b) el plazo medio de espera para recibir un determinado servicio
público; c) el porcentaje de población cubierta por un determinado servicio público; y d) el
que relaciona el primer indicador con el equivalente para una serie de años anteriores.

cve: BOE-A-2025-14673
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4. Resumen relacionando costes e ingresos de las actividades, en el que se desglosa,
para cada una de las actividades, la información sobre el coste total, los ingresos y, por
comparación entre ambas magnitudes, el margen de cobertura, en valor absoluto y relativo.