Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14670)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del control municipal sobre la prestación de los servicios de limpieza viaria, recogida y tratamiento de residuos y mantenimiento de parques y jardines de los ayuntamientos de municipios de población entre 50.000 y 100.000 habitantes de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Martes 15 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 94967

I. INTRODUCCIÓN
I.1. INICIATIVA DEL PROCEDIMIENTO
La Fiscalización del control municipal sobre la prestación de los servicios de limpieza viaria, recogida
y tratamiento de residuos y mantenimiento de parques y jardines de los ayuntamientos de
municipios de población entre 50.000 y 100.000 habitantes de comunidades autónomas sin órgano
de control externo propio, ejercicio 2021, se incluyó en el Programa de Fiscalizaciones para el año
2022, aprobado por el Pleno del Tribunal de Cuentas el 24 de febrero de ese año, en el apartado
relativo a las Fiscalizaciones programadas por iniciativa del Tribunal de Cuentas.
Esta fiscalización se enmarca en el objetivo estratégico 1 del Plan Estratégico del Tribunal de
Cuentas 2018-2021, aprobado el 25 de abril de 2018, que consiste en Contribuir al buen gobierno
y a la mejora de la actividad económico-financiera del Sector público. En el cuadro siguiente se
indican las medidas y los objetivos específicos del citado Plan Estratégico en los que se encuadra
la actuación fiscalizadora.
CUADRO 1. MEDIDAS Y OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL PLAN ESTRATÉGICO EN LOS QUE
SE ENCUADRA LA ACTUACIÓN FISCALIZADORA
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.2: Fomentar buenas prácticas de organización, gestión y control de las entidades
públicas.
M1: Desarrollar fiscalizaciones en las que se determinen las irregularidades y deficiencias detectadas en la organización,
gestión y control de las entidades públicas fiscalizadas, así como los progresos y buenas prácticas de gestión observadas.
M2: Fiscalizar las áreas con mayores incumplimientos o entidades que no rinden cuentas.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1.3: Identificar y fiscalizar las principales áreas de riesgo, con especial hincapié en las
prácticas que puedan propiciar el fraude y la corrupción.
M1: Desarrollar fiscalizaciones en aquellos ámbitos en los que, a la vista de las actuaciones desarrolladas, entre otros,
por los órganos de control interno, pudiera apreciarse la existencia de irregularidades que pudieran dar lugar a la
exigencia de cualquier tipo de responsabilidad.

En el Informe de fiscalización sobre los acuerdos y resoluciones contrarios a reparos formalizados
por los interventores locales y las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los
acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa, ejercicios 2014 y 2015, en
coordinación con los órganos de control externo de las comunidades autónomas, aprobado por el
Pleno del Tribunal el 21 de diciembre de 2017, así como en los Informes de fiscalización sobre este
mismo objeto referidos al ejercicio 2016, se han puesto de manifiesto diversas deficiencias e
irregularidades relativas a la prestación de los servicios públicos de competencia municipal. Entre
las deficiencias e irregularidades detectadas destaca la prestación de los servicios sin cobertura
contractual −lo que se refleja de forma reiterada en la información remitida por las Intervenciones
locales a este Tribunal en cumplimiento del artículo 218 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales
(TRLRHL)−, lo que motiva que no se pueda realizar un seguimiento adecuado de la evolución de
las prestaciones en curso y el desarrollo de su ejecución.

cve: BOE-A-2025-14670
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Fuente: Elaboración propia