Comunidad Autónoma de Cataluña. I. Disposiciones generales. Suplementos de crédito. (BOE-A-2025-14603)
Corrección de errores del Decreto-ley 8/2025, de 29 de abril, de concesión de un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023 prorrogados para el 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 94329
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
14603
Corrección de errores del Decreto-ley 8/2025, de 29 de abril, de concesión de
un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalitat de Catalunya
para el 2023 prorrogados para el 2025.
Habiendo observado un error en el texto del Decreto-ley mencionado, publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» número 135 de 5 de junio de 2025, se detalla la corrección
oportuna:
En la parte dispositiva, en el artículo 2, donde dice:
«Artículo 2. Financiación del suplemento de crédito.
El gasto derivado del suplemento de crédito a que hace referencia el artículo 1 se
financia con los ingresos más altos previstos en el estado de ingresos de la Generalitat
de Catalunya, prorrogado mediante el Decreto 478/2024, de 17 de diciembre, por el cual
se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la
Generalitat de Catalunya para el 2023, mientras no entren en vigor los del 2025,
provenientes de la liquidación del modelo de financiación del ejercicio 2023 y de los
anticipos del modelo de financiación respecto del ejercicio 2025.»
Tiene que decir:
«Artículo 2.
Financiación del suplemento de crédito.
El gasto derivado del suplemento de crédito a que hace referencia el artículo 1 se
financia con el superávit de los ingresos más altos previstos en el estado de ingresos de
la Generalitat de Catalunya, prorrogado mediante el Decreto 478/2024, de 17 de
diciembre, por el cual se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los
presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, mientras no entren en vigor
los del 2025, provenientes de la liquidación del modelo de financiación del ejercicio 2023
y de los anticipos del modelo de financiación respecto del ejercicio 2025.»
cve: BOE-A-2025-14603
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 9439, de 23 de junio de 2025)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 94329
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA
14603
Corrección de errores del Decreto-ley 8/2025, de 29 de abril, de concesión de
un suplemento de crédito a los presupuestos de la Generalitat de Catalunya
para el 2023 prorrogados para el 2025.
Habiendo observado un error en el texto del Decreto-ley mencionado, publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» número 135 de 5 de junio de 2025, se detalla la corrección
oportuna:
En la parte dispositiva, en el artículo 2, donde dice:
«Artículo 2. Financiación del suplemento de crédito.
El gasto derivado del suplemento de crédito a que hace referencia el artículo 1 se
financia con los ingresos más altos previstos en el estado de ingresos de la Generalitat
de Catalunya, prorrogado mediante el Decreto 478/2024, de 17 de diciembre, por el cual
se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los presupuestos de la
Generalitat de Catalunya para el 2023, mientras no entren en vigor los del 2025,
provenientes de la liquidación del modelo de financiación del ejercicio 2023 y de los
anticipos del modelo de financiación respecto del ejercicio 2025.»
Tiene que decir:
«Artículo 2.
Financiación del suplemento de crédito.
El gasto derivado del suplemento de crédito a que hace referencia el artículo 1 se
financia con el superávit de los ingresos más altos previstos en el estado de ingresos de
la Generalitat de Catalunya, prorrogado mediante el Decreto 478/2024, de 17 de
diciembre, por el cual se establecen los criterios de aplicación de la prórroga de los
presupuestos de la Generalitat de Catalunya para el 2023, mientras no entren en vigor
los del 2025, provenientes de la liquidación del modelo de financiación del ejercicio 2023
y de los anticipos del modelo de financiación respecto del ejercicio 2025.»
cve: BOE-A-2025-14603
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» número 9439, de 23 de junio de 2025)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X