Ministerio de Sanidad. III. Otras disposiciones. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2025-14566)
Resolución de 7 de julio de 2025, de la Dirección General de Cartera Común de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se publica la prórroga del Convenio con las Comunidades Autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valencia, Canarias y Madrid, y la Fundación Amancio Ortega Gaona, para la colaboración en la implantación de la protonterapia en el Sistema Nacional de Salud.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Lunes 14 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 93987

EXPONEN
Primero.
Con fecha 19 de octubre de 2021 se formalizó un convenio inicial entre, por una
parte, el Ministerio de Sanidad y las Consejerías competentes en materia de salud de las
comunidades autónomas del País Vasco, Cataluña, Galicia, Andalucía, Valencia,

cve: BOE-A-2025-14566
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de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y de conformidad con los
Decretos 144/2024 y 145/2024, de 20 de mayo, por los que se establecen las estructuras
orgánicas de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud,
respectivamente.
La Excma. doña Rocío Hernández Soto, Consejera de Salud y Consumo nombrada
por Decreto 14/2024 de 29 de julio, en virtud de las facultades conferidas por el
artículo 117.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y por los artículos 10.1.e) y 22,
apartados 1 y 2, de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
El Excmo. don Marciano Gómez Gómez, Conseller de Sanidad, en representación de
la Generalitat valenciana, nombrado por Decreto 11/2023, de 19 de julio, del President de
la Generalitat, por el que se nombra a las personas titulares de las vicepresidencias y de
las consellerías, conforme a lo dispuesto en los artículo 17.f) y 28.g) de la Ley 5/1983,
de 30 de diciembre, de la Generalitat y en el artículo 6.3 del Decreto 176/2014, de 10 de
octubre, del Consell por el que se regula los convenios que suscriba la Generalitat y su
registro.
La Excma. doña Esther María Monzón Monzón, Consejera de Sanidad del Gobierno
de Canarias, nombrada para el cargo en virtud del Decreto 43/2023 del Presidente,
de 14 de julio, en el ejercicio de las facultades que le confieren el artículo 29.1.k) de la
Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de
Canarias y en su calidad de Presidente del Consejo de Dirección del Servicio Canario de
la Salud, en nombre y representación de este, y en ejercicio de las facultades que le
confieren el artículo 56.1.a) de la Ley Territorial 11/1994, de 26 de julio, de Ordenación
Sanitaria de Canarias, en relación con el artículo 51.2.b) de la misma Ley, y el artículo 7
del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento para la
Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud.
La Excma. doña Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de
Madrid nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, así
como en virtud de la delegación efectuada mediante Decreto 21/2025, de 5 de mayo, de
la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se delega en la Excma. Sra.
Consejera de Sanidad, la firma de la presente prórroga.
De otra parte, doña Flora Pérez Marcote, en nombre y representación de la
Fundación Amancio Ortega Gaona, inscrita en el Registro de Fundaciones de interés
Gallego, al amparo del derecho reconocido en el artículo 34.1 de la Constitución
Española y de acuerdo con el artículo 27-26 del Estatuto de Autonomía para Galicia,
constituida en escritura pública otorgada el 10 de julio de 2001, clasificada como
fundación mixta por Orden de 3 de septiembre de 2001 (DOG núm. 176, de 11 de
septiembre) y declarada de interés gallego por Orden de 12 de septiembre de 2001
(DOG núm. 186, de 25 de octubre), en su calidad de Presidenta de dicha entidad y
haciendo uso de la delegación de facultades otorgada por acuerdo de su Patronato
adoptado en su reunión de 23 de junio de 2021, elevado a público por medio de escritura
autorizada por el notario de La Coruña don Francisco Manuel Ordóñez Armán el 13 de
octubre de 2021, con el número 2.661 de su protocolo.
Todas las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente, en función de la
representación que ostentan, para suscribir la presente prórroga del convenio y a tal
efecto