Comunitat Valenciana. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2025-14505)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Justicia y Autogobierno, de la Consellería de Justicia y Administración Pública, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunitat Valenciana, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 93752
3. Los funcionarios destinados en órganos de las comunidades autónomas con
competencias asumidas, presentarán su solicitud en el órgano correspondiente de dicha
comunidad, y los destinados en el ámbito competencia del Ministerio, la presentarán en
el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
4. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las comunidades
autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias
que simultáneamente a ésta se realicen por los gobiernos autónomos.
Si se presentara más de una solicitud de participación sólo se tendrá en
consideración la última.
5. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
6. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
7. Una vez recibida la solicitud, el órgano competente del último destino expedirá
una certificación original actualizada de los servicios prestados en el Cuerpo de Médicos
Forenses, tanto como funcionario de carrera como funcionario interino, y desglose de los
períodos desde la fecha de inicio (día, mes, año) hasta la fecha final (día, mes, año) y la
unirá a la instancia.
Asimismo, dicho órgano de personal rellenará en la cabecera de la instancia o en hoja
anexa la puntuación por idioma e indicará si el funcionario lleva en su actual destino el
periodo legalmente establecido en el artículo 46 del Reglamento de Ingreso, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y si
está incurso en alguna de las situaciones previstas en el artículo 43.2 de dicha norma.
Quinta.
Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo
municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al
hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o
provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas
efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la
solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el
apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta.
Baremación del concurso.
A) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al año se
computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los
meses como de treinta días.
B) Conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de las comunidades
autónomas. En las plazas ubicadas en las comunidades autónomas que tengan lengua
oficial propia, el conocimiento oral y escrito de ésta, debidamente acreditado por medio de
certificación oficial de la comunidad autónoma, u homologación del título aportado y del
cve: BOE-A-2025-14505
Verificable en https://www.boe.es
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 93752
3. Los funcionarios destinados en órganos de las comunidades autónomas con
competencias asumidas, presentarán su solicitud en el órgano correspondiente de dicha
comunidad, y los destinados en el ámbito competencia del Ministerio, la presentarán en
el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
4. La solicitud para tomar parte en este concurso será única para cada funcionario
participante, aunque se soliciten plazas radicadas en el territorio de las comunidades
autónomas con competencias transferidas que, por tanto, figuren en las convocatorias
que simultáneamente a ésta se realicen por los gobiernos autónomos.
Si se presentara más de una solicitud de participación sólo se tendrá en
consideración la última.
5. Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el
plazo de presentación de las mismas.
6. La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el
período de presentación de instancias.
7. Una vez recibida la solicitud, el órgano competente del último destino expedirá
una certificación original actualizada de los servicios prestados en el Cuerpo de Médicos
Forenses, tanto como funcionario de carrera como funcionario interino, y desglose de los
períodos desde la fecha de inicio (día, mes, año) hasta la fecha final (día, mes, año) y la
unirá a la instancia.
Asimismo, dicho órgano de personal rellenará en la cabecera de la instancia o en hoja
anexa la puntuación por idioma e indicará si el funcionario lleva en su actual destino el
periodo legalmente establecido en el artículo 46 del Reglamento de Ingreso, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la
Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y si
está incurso en alguna de las situaciones previstas en el artículo 43.2 de dicha norma.
Quinta.
Peticiones condicionadas.
Caso de estar interesados en las vacantes que se anuncian para un mismo
municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al
hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o
provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas
efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada
deberán concretarlo en su instancia en el apartado C, especificando el nombre y
apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la
solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el
apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de Ingreso, Provisión
de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de
la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Sexta.
Baremación del concurso.
A) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios en el Cuerpo de Médicos Forenses. Los periodos inferiores al año se
computarán proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los
meses como de treinta días.
B) Conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de las comunidades
autónomas. En las plazas ubicadas en las comunidades autónomas que tengan lengua
oficial propia, el conocimiento oral y escrito de ésta, debidamente acreditado por medio de
certificación oficial de la comunidad autónoma, u homologación del título aportado y del
cve: BOE-A-2025-14505
Verificable en https://www.boe.es
1. Los méritos alegados y acreditados se valorarán con referencia a la fecha de
cierre del plazo de presentación de solicitudes de participación.
2. Se evaluarán los méritos de conformidad con el siguiente baremo: