Comunidad Autónoma de Cataluña. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2025-14500)
Resolución de 18 de junio de 2025, del Departamento de Justicia y Calidad Democrática, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cataluña, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Lunes 14 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 93719

deben adjuntar una copia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los
concursantes no lo indicase en el apartado C, ambas instancias quedan anuladas.
Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a
la petición condicionada que establece el artículo 48.2 del Real decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y provisión de puestos de
trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración
de Justicia.
6.

Baremos:

6.1 Los méritos alegados y acreditados se valoran con referencia a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
6.2 Se evalúan los méritos de conformidad con el siguiente baremo:
a) Antigüedad, con un máximo de 60 puntos, a razón de 2 puntos por año completo
de servicios como titular en el cuerpo de médicos forenses. Los periodos inferiores al
año se computan proporcionalmente a razón de 0,00555556 por día, estableciéndose los
meses como de treinta días.
b) Conocimiento oral y escrito del catalán, con un máximo de 12 puntos.
De conformidad con el Decreto 3/2014, de 7 de enero, por el que se modifica el
Decreto 152/2001, de 29 de mayo, sobre evaluación y certificación de conocimientos de
catalán (DOGC núm. 6536, de 9 de enero de 2014) y el Decreto 180/2014, de 30 de
diciembre, sobre el certificado de conocimientos de lenguaje jurídico (nivel J) (DOGC
núm. 6780, de 31 de diciembre de 2014), el conocimiento oral y escrito del catalán y el
conocimiento del lenguaje jurídico (nivel J) debidamente acreditados por medio de
certificación del Departament de Política Lingüística y por el Centro de Estudios Jurídicos
y Formación Especializada o certificados equivalentes, supone el reconocimiento a estos
solos efectos de hasta 12 puntos según el nivel de conocimientos acreditados en los
términos siguientes:
1. Certificado de nivel B2 (hasta enero de 2014, nivel B) o títulos homologados: 4
puntos.
2. Certificado de nivel C1 (hasta enero de 2014, nivel C) o títulos homologados: 8
puntos.
3. Certificado de nivel C2 (hasta enero de 2014, nivel D) o títulos homologados; o
certificado de lenguaje jurídico nivel J: 12 puntos.
Los documentos que se aporten se valorarán en la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes. Las titulaciones no son acumulables y se valora la de mayor
puntuación.
6.3 El presente concurso consta de una única fase en la que se valoran los méritos
enumerados en los apartados a) y b) del baremo.
Adjudicación de puestos:

El orden de prioridad para la adjudicación de los puestos de trabajo viene dado por la
puntuación total obtenida según los baremos establecidos en la base sexta de esta
convocatoria. En caso de empate en la puntuación, se tiene en cuenta para dirimirlo la
mayor antigüedad en el cuerpo y, de persistir el empate, el número de orden obtenido en
el proceso selectivo de acceso a dicho cuerpo, incluido el catalán.
8.

Carácter de los destinos adjudicados:

8.1 Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tienen la
consideración de voluntarios a los efectos previstos por el Real decreto 462/2002, de 24
de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio y, en consecuencia, no generan
derecho al pago de indemnizaciones por ningún concepto.

cve: BOE-A-2025-14500
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7.