Comunidad Autónoma de Cantabria. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpo de Médicos Forenses. (BOE-A-2025-14504)
Orden PRE/82/2025, de 18 de junio, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Cantabria, para el Cuerpo de Médicos Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168

Lunes 14 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 93744

b) Los Médicos Forenses que se encuentren en situación de excedencia voluntaria
por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de
permanencia en dicha situación.
c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años,
para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta
grave o muy grave, respectivamente.
d) Los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado
posesión del destino que les fue adjudicado.
Tercera. Puestos que se pueden solicitar.
1. Los participantes podrán solicitar los puestos de trabajo relacionados en anexo I.
Dichos puestos se identificarán por el número de orden del Instituto de Medicina
Legal y Ciencias Forenses.
2. También se podrán solicitar los puestos genéricos que queden vacantes como
consecuencia de la resolución del presente concurso, que se incorporarán en concepto
de resultas a las vacantes ofertadas, salvo que se pretendan amortizar ante un proyecto
de modificación de las relaciones de puestos de trabajo o reordenación de efectivos de
un centro de trabajo en que no se anunciará ninguna resulta correspondiente al Cuerpo.
Los puestos de trabajo tienen que identificarse por el número de orden de la
convocatoria. Con la sola solicitud de un puesto de trabajo se entienden pedidas todas
las vacantes del Cuerpo existentes en dicho Centro y, así mismo, todas las resultas que
pudieran producirse, en el orden de preferencia indicado.
A fin de que los posibles solicitantes puedan ejercer el derecho que se les reconoce
de solicitar las resultas producidas por la resolución del concurso, desde la fecha de
publicación de esta orden y durante el periodo de presentación de solicitudes, se
expondrá en la página web del Ministerio de Justicia, la relación de centros de destino
que pueden solicitarse con indicación del número de orden de dichos Centros.
3. Los Médicos Forenses participantes deberán asegurarse de que los números de
orden de convocatoria que especifiquen en su instancia corresponden a los publicados
para este concurso, tanto en el anexo I como en las resultas, a fin de evitar que se
indiquen otros códigos erróneamente ya que, transcurrido el plazo de presentación, no
se admitirá ninguna modificación a la solicitud formulada ni renuncia en caso de
adjudicación.
4. Excepcionalmente podrá eliminarse alguna de las plazas anunciadas como
vacantes, en el caso de que se produjera de forma sobrevenida alguna circunstancia que
obligara a ello.
5. En cuanto a los Médicos Forenses procedentes del Cuerpo de Médicos del
Registro Civil, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/1992, de 20 de noviembre,
por la que se fija la edad de jubilación de Jueces y Magistrados y se integra diverso
personal médico en el Cuerpo de Médicos Forenses.
Presentación de solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán ajustarse al modelo
publicado como anexo II de esta orden, cumplimentando todos los apartados que se le
exijan.
2. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de diez días hábiles siguientes al
de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o Diario
Oficial de la Comunidad Autónoma simultáneamente y dirigidas a Dirección General de
Justicia y Victimas del Terrorismo de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y
Simplificación Administrativa del Gobierno de Cantabria.
Si dicha simultaneidad no fuese posible, los términos y plazos establecidos se
contarán, en todo caso, a partir de la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».

cve: BOE-A-2025-14504
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.