Ministerio de Hacienda. I. Disposiciones generales. Procedimientos tributarios. (BOE-A-2025-14454)
Orden HAC/738/2025, de 27 de junio, de modificación del procedimiento y modelos contenidos en la Orden de 24 de mayo de 2001, por la que se establecen los límites de las franquicias y exenciones en régimen diplomático, consular y de Organismos Internacionales a que se refiere la disposición final primera del Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93527
ANEXO II
Modelo 363. IVA. Solicitud de reconocimiento previo de la exención en el marco de
las relaciones diplomáticas, consulares y de los Organismos
internacionales reconocidos por España
Agencia Tributaria
MINISTERIO
DE HACIENDA
Teléfono: 91 554 87 70 / 901 33 55 33
https://sede.agenciatributaria.gob.es
Impuesto sobre el Valor Añadido
Solicitud de reconocimiento previo de la exención en el
marco de las relaciones diplomáticas, consulares y de los
Organismos internacionales reconocidos por España.
(Artículo 10, apartado 1 del Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre)
Modelo
363
Espacio reservado para numeración por código de barras
Identificación (1)
Devengo (2)
NIF
Ejercicio
Período
Apellidos y nombre o denominación social
Liquidación (3)
De acuerdo con el artículo 10, apartado 1 del Real Decreto 3485/2000, se solicita el reconocimiento previo de la exención del IVA de la operación siguiente:
Entrega o arrendamiento de edificios o parte de los mismos y de los terrenos anejos, adquiridos o arrendados por Estados extranjeros para sede
de su Representación diplomática u Oficina consular o como residencia del jefe de la Misión diplomática o de la Oficina consular cuando, en este
último caso, se trate de funcionarios de carrera (artículo 3, apartado 1, letra b) del Real Decreto 3485/2000).
Ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, directamente formalizadas entre el contratista y el Estado extranjero, que tengan por objeto la construcción, reforma, rehabilitación o ampliación, reparación o conservación de los edificios a que se refiere el apartado anterior, cuando
su importe, referido a cada operación aislada, exceda de 750 euros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del Real
Decreto 3485/2000.
Entrega de vehículos automóviles a Estados extranjeros, Organismos Internacionales, Agentes diplomáticos, funcionarios con estatuto diplomático
de Organismos Internacionales, miembros del personal técnico-administrativo o empleados consulares (artículo 12, apartado 1, letras a) a e) del
Real Decreto 3485/2000).
Base imponible (4)
Base imponible del IVA correspondiente a la operación exenta .......................................
01
Operaciones exentas (5)
EDIFICIOS
VEHÍCULOS
Tipo de operación:
Marca y Modelo:
Dirección:
Nº bastidor:
Destino:
cve: BOE-A-2025-14454
Verificable en https://www.boe.es
NIF proveedor:
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93527
ANEXO II
Modelo 363. IVA. Solicitud de reconocimiento previo de la exención en el marco de
las relaciones diplomáticas, consulares y de los Organismos
internacionales reconocidos por España
Agencia Tributaria
MINISTERIO
DE HACIENDA
Teléfono: 91 554 87 70 / 901 33 55 33
https://sede.agenciatributaria.gob.es
Impuesto sobre el Valor Añadido
Solicitud de reconocimiento previo de la exención en el
marco de las relaciones diplomáticas, consulares y de los
Organismos internacionales reconocidos por España.
(Artículo 10, apartado 1 del Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre)
Modelo
363
Espacio reservado para numeración por código de barras
Identificación (1)
Devengo (2)
NIF
Ejercicio
Período
Apellidos y nombre o denominación social
Liquidación (3)
De acuerdo con el artículo 10, apartado 1 del Real Decreto 3485/2000, se solicita el reconocimiento previo de la exención del IVA de la operación siguiente:
Entrega o arrendamiento de edificios o parte de los mismos y de los terrenos anejos, adquiridos o arrendados por Estados extranjeros para sede
de su Representación diplomática u Oficina consular o como residencia del jefe de la Misión diplomática o de la Oficina consular cuando, en este
último caso, se trate de funcionarios de carrera (artículo 3, apartado 1, letra b) del Real Decreto 3485/2000).
Ejecuciones de obra, con o sin aportación de materiales, directamente formalizadas entre el contratista y el Estado extranjero, que tengan por objeto la construcción, reforma, rehabilitación o ampliación, reparación o conservación de los edificios a que se refiere el apartado anterior, cuando
su importe, referido a cada operación aislada, exceda de 750 euros, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b) del Real
Decreto 3485/2000.
Entrega de vehículos automóviles a Estados extranjeros, Organismos Internacionales, Agentes diplomáticos, funcionarios con estatuto diplomático
de Organismos Internacionales, miembros del personal técnico-administrativo o empleados consulares (artículo 12, apartado 1, letras a) a e) del
Real Decreto 3485/2000).
Base imponible (4)
Base imponible del IVA correspondiente a la operación exenta .......................................
01
Operaciones exentas (5)
EDIFICIOS
VEHÍCULOS
Tipo de operación:
Marca y Modelo:
Dirección:
Nº bastidor:
Destino:
cve: BOE-A-2025-14454
Verificable en https://www.boe.es
NIF proveedor:
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X