Tribunal Constitucional. I. Disposiciones generales. Cuestiones de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-14452)
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4172-2025, en relación con los artículos 6.4 (en su redacción original) y 9.4 de la Ley de Cataluña 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, por posible vulneración del artículo 149.1.13.ª y 25.ª de la Constitución Española.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93516
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
14452
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4172-2025, en relación con los artículos
6.4 (en su redacción original) y 9.4 de la Ley de Cataluña 24/2015, de 29 de
julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la
vivienda y la pobreza energética, por posible vulneración del artículo
149.1.13.ª y 25.ª de la Constitución Española.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de julio de 2025, ha acordado
admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4172-2025 planteada por la
Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña, en el recurso de apelación con número de sala 1783/2022 y número
de sección 553/2022, en relación con los artículos 6.4 (en su redacción original) y 9.4 de la
Ley de Cataluña 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia
en al ámbito de la vivienda y la pobreza energética, por posible vulneración del
artículo 149.1.13.ª y 25.ª CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c)
LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el citado recurso de apelación (número de sala 1783/2022; número de
sección 553/2022), podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días
siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-14452
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de julio de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 168
Lunes 14 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 93516
I. DISPOSICIONES GENERALES
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
14452
Cuestión de inconstitucionalidad n.º 4172-2025, en relación con los artículos
6.4 (en su redacción original) y 9.4 de la Ley de Cataluña 24/2015, de 29 de
julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la
vivienda y la pobreza energética, por posible vulneración del artículo
149.1.13.ª y 25.ª de la Constitución Española.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 8 de julio de 2025, ha acordado
admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 4172-2025 planteada por la
Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña, en el recurso de apelación con número de sala 1783/2022 y número
de sección 553/2022, en relación con los artículos 6.4 (en su redacción original) y 9.4 de la
Ley de Cataluña 24/2015, de 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia
en al ámbito de la vivienda y la pobreza energética, por posible vulneración del
artículo 149.1.13.ª y 25.ª CE, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c)
LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en
el citado recurso de apelación (número de sala 1783/2022; número de
sección 553/2022), podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días
siguientes a la publicación del presente edicto en el «Boletín Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2025-14452
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de julio de 2025.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal
Constitucional, Alfonso Pérez Camino.
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