Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-14349)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Viernes 11 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 92664
3.6 Los derechos de participación serán de 31,10 euros, por cada plaza a la que se
dese desee concursar. El pago de esta tasa podrá realizarse en efectivo, mediante
recibo bancario, o con tarjeta de crédito de la forma siguiente.
3.6.1 En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará utilizando el recibo
emitido por la aplicación mencionada.
3.6.2 El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de cumplimentar
la instancia a través de la aplicación mencionada.
3.7 La falta de abono, total o parcial, dentro del plazo de presentación de
solicitudes de la tasa de admisión a estas pruebas selectivas determinará la exclusión de
la persona aspirante, salvo que concurran una de las circunstancias de exención o
bonificación y se haga constar en la solicitud de participación, debiendo aportar junto con
la documentación justificativa, fotocopia cotejada de los documentos acreditativos de tal
beneficio, en caso contrario, serán excluidos, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
3.8 Serán causa de exención las siguientes:
a) Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia
monoparental de categoría especial. Para ello seleccionarán en el apartado de
Exenciones «Familia Numerosa Especial» de la solicitud.
b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica
contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Para ello
seleccionarán en el apartado «otros» de la solicitud.
c) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %. Para ello seleccionarán
en el apartado de Exenciones «Discapacidad» de la solicitud.
d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el
órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. Para
ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Otros » de la solicitud.
3.9
Bonificaciones.
a) Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia
monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del 50 % del importe
total de la tasa. Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Familia
Numerosa General» de la solicitud.
a) Titulación académica y acreditación. [Bases 2.1.c) y 2.2.1.a) plaza de
catedrático/a de universidad y 2.2.2.a) plazas de profesorado titular de universidad].
b) Hoja de servicios en caso de ostentar la condición de personal funcionario de
otras Universidades u Organismos Públicos. (Base 2.3).
4.
Admisión de aspirantes
4.1 En el plazo máximo de veinte días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes se aprobará, mediante resolución del rector de la Universitat
Politècnica de València, la lista provisional de las personas candidatas admitidas y
cve: BOE-A-2025-14349
Verificable en https://www.boe.es
3.10 En ningún caso el pago realizado del recibo emitido, en las oficinas bancarias
correspondientes a que se hace referencia, supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.11 No procederá la devolución de las tasas por derechos de examen si el pago
indebido de estas es por causas imputables exclusivamente a la persona candidata.
3.12 A cada solicitud deberá acompañarse, incorporándolos en un fichero digital
para incluir en cada uno de los apartados existentes en la aplicación, la siguiente
documentación:
Núm. 166
Viernes 11 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 92664
3.6 Los derechos de participación serán de 31,10 euros, por cada plaza a la que se
dese desee concursar. El pago de esta tasa podrá realizarse en efectivo, mediante
recibo bancario, o con tarjeta de crédito de la forma siguiente.
3.6.1 En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará utilizando el recibo
emitido por la aplicación mencionada.
3.6.2 El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de cumplimentar
la instancia a través de la aplicación mencionada.
3.7 La falta de abono, total o parcial, dentro del plazo de presentación de
solicitudes de la tasa de admisión a estas pruebas selectivas determinará la exclusión de
la persona aspirante, salvo que concurran una de las circunstancias de exención o
bonificación y se haga constar en la solicitud de participación, debiendo aportar junto con
la documentación justificativa, fotocopia cotejada de los documentos acreditativos de tal
beneficio, en caso contrario, serán excluidos, sin perjuicio de la responsabilidad en que
pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
3.8 Serán causa de exención las siguientes:
a) Los miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia
monoparental de categoría especial. Para ello seleccionarán en el apartado de
Exenciones «Familia Numerosa Especial» de la solicitud.
b) Las víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición
mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica
contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana. Para ello
seleccionarán en el apartado «otros» de la solicitud.
c) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 %. Para ello seleccionarán
en el apartado de Exenciones «Discapacidad» de la solicitud.
d) Las personas que estén en situación de exclusión social y esta se acredite por el
órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia. Para
ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Otros » de la solicitud.
3.9
Bonificaciones.
a) Los miembros de una familia numerosa de categoría general o de una familia
monoparental de categoría general, disfrutarán de una bonificación del 50 % del importe
total de la tasa. Para ello seleccionarán en el apartado de Exenciones «Familia
Numerosa General» de la solicitud.
a) Titulación académica y acreditación. [Bases 2.1.c) y 2.2.1.a) plaza de
catedrático/a de universidad y 2.2.2.a) plazas de profesorado titular de universidad].
b) Hoja de servicios en caso de ostentar la condición de personal funcionario de
otras Universidades u Organismos Públicos. (Base 2.3).
4.
Admisión de aspirantes
4.1 En el plazo máximo de veinte días hábiles desde la finalización del plazo de
presentación de solicitudes se aprobará, mediante resolución del rector de la Universitat
Politècnica de València, la lista provisional de las personas candidatas admitidas y
cve: BOE-A-2025-14349
Verificable en https://www.boe.es
3.10 En ningún caso el pago realizado del recibo emitido, en las oficinas bancarias
correspondientes a que se hace referencia, supondrá la sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
3.11 No procederá la devolución de las tasas por derechos de examen si el pago
indebido de estas es por causas imputables exclusivamente a la persona candidata.
3.12 A cada solicitud deberá acompañarse, incorporándolos en un fichero digital
para incluir en cada uno de los apartados existentes en la aplicación, la siguiente
documentación: