Consejo General Del Poder Judicial. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Administración de Justicia. Concursos. (BOE-A-2025-14328)
Acuerdo de 1 de julio de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en la Gerencia del Consejo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 166
Viernes 11 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 92543
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
14328
Acuerdo de 1 de julio de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión
de puesto de trabajo en la Gerencia del Consejo.
En la Gerencia del Consejo se encuentra vacante y dotado presupuestariamente un
puesto de trabajo con las características se describen en el anexo I de este acuerdo,
cuya cobertura se considera necesaria para atender correctamente las funciones y
competencias atribuidas a ese órgano técnico.
Por ello la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su
reunión del día de la fecha y en el ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno
del Consejo en su reunión del día 23 de octubre de 2024 (BOE del 28 de octubre), ha
acordado convocar un concurso de méritos para su provisión, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 625 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial.
El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres
y hombres en materia de acceso al empleo público, a la formación profesional y a las
condiciones de trabajo, por lo que la provisión de puestos de trabajo se efectuará de
acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva 2006/54/CE, de 5
de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e
igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y al
primer Plan de Igualdad del personal al servicio del Consejo, aprobado por acuerdo
de 26 de febrero de 2025, del Pleno.
El concurso de méritos se regirá por las siguientes normas:
1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios y las funcionarias
de carrera de las administraciones públicas pertenecientes o integrados en cuerpos o
escalas clasificados en el subgrupo «A2» a que se refiere el artículo 76 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y los funcionarios y las funcionarias de
carrera pertenecientes al cuerpo o escala de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para
desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en
la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
2. Los funcionarios y las funcionarias con destino definitivo podrán participar
siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del
último destino definitivo.
No será necesario cumplir este plazo para los funcionarios y las funcionarias que
hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso o,
también, si ha sido suprimido su puesto de trabajo.
Los funcionarios y las funcionarias con destino definitivo en el Consejo podrán
participar si ha transcurrido, al menos, un año desde su toma de posesión en el último
destino definitivo, salvo en el caso de aquellos que participen desde un puesto de trabajo
con nivel inferior al convocado.
cve: BOE-A-2025-14328
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Requisitos de participación.
Núm. 166
Viernes 11 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 92543
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos
CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL
14328
Acuerdo de 1 de julio de 2025, de la Comisión Permanente del Consejo
General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión
de puesto de trabajo en la Gerencia del Consejo.
En la Gerencia del Consejo se encuentra vacante y dotado presupuestariamente un
puesto de trabajo con las características se describen en el anexo I de este acuerdo,
cuya cobertura se considera necesaria para atender correctamente las funciones y
competencias atribuidas a ese órgano técnico.
Por ello la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su
reunión del día de la fecha y en el ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno
del Consejo en su reunión del día 23 de octubre de 2024 (BOE del 28 de octubre), ha
acordado convocar un concurso de méritos para su provisión, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 625 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del
Poder Judicial.
El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres
y hombres en materia de acceso al empleo público, a la formación profesional y a las
condiciones de trabajo, por lo que la provisión de puestos de trabajo se efectuará de
acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva 2006/54/CE, de 5
de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e
igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, la Ley
Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y al
primer Plan de Igualdad del personal al servicio del Consejo, aprobado por acuerdo
de 26 de febrero de 2025, del Pleno.
El concurso de méritos se regirá por las siguientes normas:
1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios y las funcionarias
de carrera de las administraciones públicas pertenecientes o integrados en cuerpos o
escalas clasificados en el subgrupo «A2» a que se refiere el artículo 76 del texto
refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y los funcionarios y las funcionarias de
carrera pertenecientes al cuerpo o escala de Gestión Procesal y Administrativa de la
Administración de Justicia, siempre que reúnan las condiciones generales exigidas para
desempeñar el puesto de trabajo y los requisitos determinados en esta convocatoria en
la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
2. Los funcionarios y las funcionarias con destino definitivo podrán participar
siempre que hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del
último destino definitivo.
No será necesario cumplir este plazo para los funcionarios y las funcionarias que
hayan sido removidos del puesto de trabajo obtenido por el procedimiento de concurso o,
también, si ha sido suprimido su puesto de trabajo.
Los funcionarios y las funcionarias con destino definitivo en el Consejo podrán
participar si ha transcurrido, al menos, un año desde su toma de posesión en el último
destino definitivo, salvo en el caso de aquellos que participen desde un puesto de trabajo
con nivel inferior al convocado.
cve: BOE-A-2025-14328
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Requisitos de participación.