Ministerio Para La Transformación Digital y de La Función Pública. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos y escalas de la Administración General del Estado. (BOE-A-2025-14237)
Resolución de 8 de julio de 2025, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se aprueba la relación provisional de personas admitidas y excluidas en los procesos selectivos con carácter excepcional, por el sistema de concurso, para la estabilización de empleo temporal, en la Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos y en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, convocados por Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Función Pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 92131
Segundo.
Publicar como anexos del I al II de la presente resolución, las listas provisionales de
personas aspirantes excluidas de cada proceso selectivo a que se refiere el apartado
anterior, con expresión de las causas de exclusión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran en la
relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación
de admitidos.
Anexos
Excluidos
Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
I
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
II
Tercero.
Tanto las personas aspirantes excluidas como las personas aspirantes omitidas por
no figurar en las listas de admitidas ni en las de excluidas disponen de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el
«Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su no
admisión o la omisión simultánea en las listas de personas admitidas y excluidas.
La subsanación de la solicitud o, en su caso, la modificación de los datos de la
misma, deberá realizarse on line a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas
Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/
buscarConvocatoriasSubsanar#convocatoriasSubRef).
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
A los legales efectos oportunos, se advierte que, por razones de protección de datos
de carácter personal, y del derecho a la intimidad del artículo 18.4 de la Constitución
Española, en los listados que se publiquen relativos a estos procesos selectivos, podrá
realizarse un proceso específico de seudonimización de los datos de personas con
categorías o circunstancias especiales, previa resolución de la persona titular de la
Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública.
Cuarto.
Concluido el plazo de diez días hábiles para subsanar se hará pública la lista
definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, y se indicará el plazo y el medio
para la presentación de méritos. Dicha lista se expondrá en los mismos lugares que se
indican en el apartado primero de esta resolución.
cve: BOE-A-2025-14237
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de julio de 2025.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública,
Manuel Pastor Sainz-Pardo.
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. II.B. Pág. 92131
Segundo.
Publicar como anexos del I al II de la presente resolución, las listas provisionales de
personas aspirantes excluidas de cada proceso selectivo a que se refiere el apartado
anterior, con expresión de las causas de exclusión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su
subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran en la
relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación
de admitidos.
Anexos
Excluidos
Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos.
I
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.
II
Tercero.
Tanto las personas aspirantes excluidas como las personas aspirantes omitidas por
no figurar en las listas de admitidas ni en las de excluidas disponen de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el
«Boletín Oficial del Estado», para subsanar los defectos que hayan motivado su no
admisión o la omisión simultánea en las listas de personas admitidas y excluidas.
La subsanación de la solicitud o, en su caso, la modificación de los datos de la
misma, deberá realizarse on line a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas
Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/
buscarConvocatoriasSubsanar#convocatoriasSubRef).
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
no aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas
admitidas, serán definitivamente excluidas del proceso selectivo.
A los legales efectos oportunos, se advierte que, por razones de protección de datos
de carácter personal, y del derecho a la intimidad del artículo 18.4 de la Constitución
Española, en los listados que se publiquen relativos a estos procesos selectivos, podrá
realizarse un proceso específico de seudonimización de los datos de personas con
categorías o circunstancias especiales, previa resolución de la persona titular de la
Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública.
Cuarto.
Concluido el plazo de diez días hábiles para subsanar se hará pública la lista
definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas, y se indicará el plazo y el medio
para la presentación de méritos. Dicha lista se expondrá en los mismos lugares que se
indican en el apartado primero de esta resolución.
cve: BOE-A-2025-14237
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 8 de julio de 2025.–El Director del Instituto Nacional de Administración Pública,
Manuel Pastor Sainz-Pardo.