Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14278)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Servicio Público de Empleo Estatal, O.A., para colaborar en la realización del encuentro «Los Servicios Públicos de Empleo en transformación».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92286
III. Compromiso económico.
I. La UIMP asume un compromiso económico de gestión en relación con este
convenio de un máximo de treinta y nueve mil doscientos cuarenta y nueve euros
(39.249,00 €), según se recoge en el presupuesto que figura como anexo II. De este
importe:
– La cantidad de 26.812,00 euros, corresponde a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado en sus propias residencias y comedores universitarios, así
como a la parte correspondiente de los costes generales de funcionamiento de servicios
e infraestructuras para el conjunto de la programación de verano en Santander que se
ponen a disposición de este encuentro (cuadernos, carpetas y otros materiales,
programas, difusión general, gastos de infraestructura necesarios de mantenimiento y
limpieza de locales, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto
específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 12.437,00 euros, correspondiente a los
honorarios y viajes del profesorado, irá con cargo a los conceptos de su presupuesto de
gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y
suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
– 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 2.500,00 euros.
– 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 9.937,00
euros.
II. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación del SEPE a la UIMP
que figura en el apartado III de la cláusula segunda, la UIMP asume una aportación
máxima de doce mil setecientos cuarenta euros (12.740,00 €), ya incluidos en el
compromiso económico máximo indicado en el punto I de este apartado.
IV. Distribución de la financiación.
Ambas partes hacen constar que, en lo que respecta a la parte económica, ambas
aportan recursos para la realización del encuentro con la distribución que a las mismas
de mutuo acuerdo les ha parecido más conveniente para su realización y según sus
respectivas disponibilidades económicas, conforme se recoge en las cláusulas segunda
y tercera de este convenio. La distribución de la financiación ha sido acordada libremente
por las partes, sin que la diferencia entre dichas aportaciones haya sido considerada por
las mismas lesiva para sus intereses institucionales ni un obstáculo o inconveniente para
la firma del convenio.
V.
Liquidación final.
La UIMP se compromete a presentar al SEPE, una vez finalizado el encuentro y
antes del 10 de noviembre de 2025, el requerimiento de pago incluyendo la liquidación
final del importe correspondiente a los alumnos matriculados por el SEPE.
Difusión.
La UIMP se compromete a destacar la colaboración del SEPE en cuantos medios se
utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en todo caso el logotipo y
las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
Cuarta.
Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
cve: BOE-A-2025-14278
Verificable en https://www.boe.es
VI.
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92286
III. Compromiso económico.
I. La UIMP asume un compromiso económico de gestión en relación con este
convenio de un máximo de treinta y nueve mil doscientos cuarenta y nueve euros
(39.249,00 €), según se recoge en el presupuesto que figura como anexo II. De este
importe:
– La cantidad de 26.812,00 euros, corresponde a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado en sus propias residencias y comedores universitarios, así
como a la parte correspondiente de los costes generales de funcionamiento de servicios
e infraestructuras para el conjunto de la programación de verano en Santander que se
ponen a disposición de este encuentro (cuadernos, carpetas y otros materiales,
programas, difusión general, gastos de infraestructura necesarios de mantenimiento y
limpieza de locales, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto
específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 12.437,00 euros, correspondiente a los
honorarios y viajes del profesorado, irá con cargo a los conceptos de su presupuesto de
gastos vigente que se indican a continuación, en los cuales existe crédito adecuado y
suficiente, para lo cual se aprueba el correspondiente gasto:
– 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 2.500,00 euros.
– 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 9.937,00
euros.
II. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación del SEPE a la UIMP
que figura en el apartado III de la cláusula segunda, la UIMP asume una aportación
máxima de doce mil setecientos cuarenta euros (12.740,00 €), ya incluidos en el
compromiso económico máximo indicado en el punto I de este apartado.
IV. Distribución de la financiación.
Ambas partes hacen constar que, en lo que respecta a la parte económica, ambas
aportan recursos para la realización del encuentro con la distribución que a las mismas
de mutuo acuerdo les ha parecido más conveniente para su realización y según sus
respectivas disponibilidades económicas, conforme se recoge en las cláusulas segunda
y tercera de este convenio. La distribución de la financiación ha sido acordada libremente
por las partes, sin que la diferencia entre dichas aportaciones haya sido considerada por
las mismas lesiva para sus intereses institucionales ni un obstáculo o inconveniente para
la firma del convenio.
V.
Liquidación final.
La UIMP se compromete a presentar al SEPE, una vez finalizado el encuentro y
antes del 10 de noviembre de 2025, el requerimiento de pago incluyendo la liquidación
final del importe correspondiente a los alumnos matriculados por el SEPE.
Difusión.
La UIMP se compromete a destacar la colaboración del SEPE en cuantos medios se
utilicen para la promoción y difusión del encuentro, respetando en todo caso el logotipo y
las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
Cuarta.
Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
cve: BOE-A-2025-14278
Verificable en https://www.boe.es
VI.