Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14277)
Resolución de 3 de julio de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, AAI, para colaborar en la realización del encuentro «La transparencia en España: Balance y propuestas de mejora».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92275
en el presupuesto que se recoge como «Presupuesto gastos gestionados por la UIMP»
en el anexo II.
ii. La UIMP ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de becas
para el conjunto de su programación, para promover la asistencia al mismo, según su
normativa en esta materia y la legislación que le es aplicable como organismo público.
La UIMP será la única responsable de la convocatoria, selección y adjudicación de
dichas becas.
iii. La UIMP mantendrá indemne al Consejo de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III.
Compromiso económico.
i. Para la realización de las actuaciones señaladas en el apartado II.i de esta
cláusula, y según detalle que se recoge en el cuadro «Presupuesto gastos gestionados
por la UIMP» del anexo II, la UIMP asume un compromiso económico máximo de gestión
de veinte mil veintiún euros (20.021,00 €). De este importe:
– La cantidad de 14.210,00 euros, corresponde a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado en sus residencias y comedores universitarios, y a los
costes generales de funcionamiento de servicios e infraestructuras para el conjunto de la
programación de los cursos de verano de la UIMP en Santander que se repercuten a
este encuentro (difusión, programa, cuadernos, carpetas y otros materiales, becas de la
convocatoria oficial de la UIMP y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza
de locales, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico
adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 5.811,00 euros, corresponde a los honorarios
y viajes de los conferenciantes que no sean trabajadores del Consejo, el cual se abonará
con cargo a los conceptos de su presupuesto de gastos vigente que se indican a
continuación, en los cuales existe crédito adecuado y suficiente, para lo cual se autoriza
el correspondiente gasto:
– 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 2.150,00 euros.
– 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 3.661,00 euros.
ii. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación que realiza el
Consejo a la UIMP, la aportación económica que hará la UIMP para el encuentro será de
un máximo de mil novecientos ochenta euros (1.980,00 €), estando dicho importe ya
incluido en el compromiso económico máximo indicado en el punto i. de este apartado.
iii. La UIMP se compromete a presentar al Consejo, una vez finalizado el encuentro
y antes del 10 de noviembre de 2025, la liquidación final del presupuesto revisando las
unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios
aprobados para cada una de ellas en el presupuesto que se incluye como anexo II.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
encuentro se destacará la colaboración del Consejo con la UIMP, respetando en todo
caso los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los conferenciantes que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
cve: BOE-A-2025-14277
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92275
en el presupuesto que se recoge como «Presupuesto gastos gestionados por la UIMP»
en el anexo II.
ii. La UIMP ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de becas
para el conjunto de su programación, para promover la asistencia al mismo, según su
normativa en esta materia y la legislación que le es aplicable como organismo público.
La UIMP será la única responsable de la convocatoria, selección y adjudicación de
dichas becas.
iii. La UIMP mantendrá indemne al Consejo de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III.
Compromiso económico.
i. Para la realización de las actuaciones señaladas en el apartado II.i de esta
cláusula, y según detalle que se recoge en el cuadro «Presupuesto gastos gestionados
por la UIMP» del anexo II, la UIMP asume un compromiso económico máximo de gestión
de veinte mil veintiún euros (20.021,00 €). De este importe:
– La cantidad de 14.210,00 euros, corresponde a los gastos de alojamiento y
manutención del profesorado en sus residencias y comedores universitarios, y a los
costes generales de funcionamiento de servicios e infraestructuras para el conjunto de la
programación de los cursos de verano de la UIMP en Santander que se repercuten a
este encuentro (difusión, programa, cuadernos, carpetas y otros materiales, becas de la
convocatoria oficial de la UIMP y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza
de locales, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico
adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 5.811,00 euros, corresponde a los honorarios
y viajes de los conferenciantes que no sean trabajadores del Consejo, el cual se abonará
con cargo a los conceptos de su presupuesto de gastos vigente que se indican a
continuación, en los cuales existe crédito adecuado y suficiente, para lo cual se autoriza
el correspondiente gasto:
– 28.101.322C.226.06 para el gasto correspondiente a honorarios, por importe
de 2.150,00 euros.
– 28.101.322C.231 para el gasto correspondiente a viajes, por importe de 3.661,00 euros.
ii. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación que realiza el
Consejo a la UIMP, la aportación económica que hará la UIMP para el encuentro será de
un máximo de mil novecientos ochenta euros (1.980,00 €), estando dicho importe ya
incluido en el compromiso económico máximo indicado en el punto i. de este apartado.
iii. La UIMP se compromete a presentar al Consejo, una vez finalizado el encuentro
y antes del 10 de noviembre de 2025, la liquidación final del presupuesto revisando las
unidades realmente ejecutadas de cada partida de acuerdo con los importes unitarios
aprobados para cada una de ellas en el presupuesto que se incluye como anexo II.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
encuentro se destacará la colaboración del Consejo con la UIMP, respetando en todo
caso los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este fin.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los conferenciantes que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
cve: BOE-A-2025-14277
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Cuarta. Visibilidad de la colaboración. Titularidad de los resultados. Publicaciones.