Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14288)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General de Alimentación, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas, para la promoción de los productos de alimentación y bebidas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2025 y 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92344
– Seoul Food & Hotel, 2026.
– Biofach Germany, 2026.
En la feria Biofach Germany, 2026 la participación conjunta se circunscribirá, por
parte del MAPA, al alquiler del suelo ferial, incluyendo la inscripción de cada coexpositor,
la gestión de pases de expositor, y el catálogo de empresas; y por parte de FIAB, a la
construcción del stand y a todo lo necesario para su organización y gestión.
La valoración económica de cada una de estas actuaciones se recoge en el anexo I.
Tercera.
Obligaciones del ministerio de agricultura, pesca y alimentación.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se
compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado
en el anexo I:
1. Aportar para la cofinanciación de las actuaciones programadas en el presente
convenio, exceptuando Biofach Germany, 2026, la cantidad máxima de cuatrocientos
sesenta y cinco mil euros (465.000,00 €), una vez ejecutadas y justificadas las acciones
programadas. El desglose por ejercicio será el siguiente:
La aportación económica del MAPA ira destinada a los gastos que se originen en la
realización de las ferias: alquiler de suelo ferial, diseño y montaje del stand,
mantenimiento y funcionamiento de este. En ningún caso financiará los gastos derivados
de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del
personal propio y compra de productos, ni los derivados de la prestación de servicios
específicos para las empresas participantes, tales como relaciones públicas, gestión de
reuniones bilaterales, acciones de comunicación ad hoc, preparación de material gráfico
para cada empresa, promoción vía mailing y otros servicios profesionales.
El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por FIAB en el
cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente convenio sólo será
considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no sea susceptible de
recuperación o compensación por la propia FIAB.
La aportación del MAPA tampoco financiará los gastos derivados de la construcción
del correspondiente stand ni de la gestión de este en la feria Biofach Germany, 2026.
2. Suscribir el correspondiente contrato con el recinto ferial para el alquiler del suelo
ferial, incluyendo el importe de la inscripción de cada coexpositor, la gestión de pases de
expositor y el catálogo de empresas, para la celebración de la feria Biofach Germany,
2026.
3. Revisar previamente a la ejecución de las ferias, la información que debe remitir
FIAB, en función del tipo de feria.
4. Participar en la preparación de las ferias con sus unidades técnicas y de
promoción.
5. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
6. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.
cve: BOE-A-2025-14288
Verificable en https://www.boe.es
– Doscientos quince mil euros (215.000,00 €) para el ejercicio económico 2025.
– Doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €) para el ejercicio económico 2026.
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 92344
– Seoul Food & Hotel, 2026.
– Biofach Germany, 2026.
En la feria Biofach Germany, 2026 la participación conjunta se circunscribirá, por
parte del MAPA, al alquiler del suelo ferial, incluyendo la inscripción de cada coexpositor,
la gestión de pases de expositor, y el catálogo de empresas; y por parte de FIAB, a la
construcción del stand y a todo lo necesario para su organización y gestión.
La valoración económica de cada una de estas actuaciones se recoge en el anexo I.
Tercera.
Obligaciones del ministerio de agricultura, pesca y alimentación.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se
compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado
en el anexo I:
1. Aportar para la cofinanciación de las actuaciones programadas en el presente
convenio, exceptuando Biofach Germany, 2026, la cantidad máxima de cuatrocientos
sesenta y cinco mil euros (465.000,00 €), una vez ejecutadas y justificadas las acciones
programadas. El desglose por ejercicio será el siguiente:
La aportación económica del MAPA ira destinada a los gastos que se originen en la
realización de las ferias: alquiler de suelo ferial, diseño y montaje del stand,
mantenimiento y funcionamiento de este. En ningún caso financiará los gastos derivados
de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del
personal propio y compra de productos, ni los derivados de la prestación de servicios
específicos para las empresas participantes, tales como relaciones públicas, gestión de
reuniones bilaterales, acciones de comunicación ad hoc, preparación de material gráfico
para cada empresa, promoción vía mailing y otros servicios profesionales.
El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por FIAB en el
cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente convenio sólo será
considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no sea susceptible de
recuperación o compensación por la propia FIAB.
La aportación del MAPA tampoco financiará los gastos derivados de la construcción
del correspondiente stand ni de la gestión de este en la feria Biofach Germany, 2026.
2. Suscribir el correspondiente contrato con el recinto ferial para el alquiler del suelo
ferial, incluyendo el importe de la inscripción de cada coexpositor, la gestión de pases de
expositor y el catálogo de empresas, para la celebración de la feria Biofach Germany,
2026.
3. Revisar previamente a la ejecución de las ferias, la información que debe remitir
FIAB, en función del tipo de feria.
4. Participar en la preparación de las ferias con sus unidades técnicas y de
promoción.
5. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del
presente convenio.
6. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden
dentro del presente convenio.
cve: BOE-A-2025-14288
Verificable en https://www.boe.es
– Doscientos quince mil euros (215.000,00 €) para el ejercicio económico 2025.
– Doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €) para el ejercicio económico 2026.