Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Precios públicos. (BOE-A-2025-14299)
Orden CNU/731/2025, de 4 de julio, por la que se fijan los precios públicos por los servicios académicos universitarios y otros servicios en la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el curso 2025-2026.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Quinto.
Sec. III. Pág. 92439
Becarios.
Los estudiantes que soliciten beca o bonificación con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado, el Gobierno Vasco o la Generalitat Valenciana abonarán los
precios públicos por servicios académicos que se determine en su normativa reguladora.
Los estudiantes que, al formalizar la matrícula, se acojan a la exoneración de precios
por haber solicitado la concesión de una beca y, posteriormente, no obtuviesen la
condición de becario o les fuera revocada la beca concedida o el importe concedido sea
inferior al de las asignaturas matriculadas, vendrán obligados al abono del precio
correspondiente a la matrícula que efectuaron; su impago conllevará la anulación de
dicha matrícula en todas las materias, asignaturas o disciplinas, en los términos previstos
por la legislación vigente.
La beca solo alcanzará a los precios públicos de asignaturas matriculadas y
cursadas, no a las reconocidas, tuteladas, ni a otros conceptos.
Sexto.
Reconocimiento y transferencia de créditos.
Los estudiantes que obtengan el reconocimiento de créditos en los grados o en los
másteres universitarios por estudios u otras actividades realizadas fuera de la UNED,
abonarán el 30 % de los precios establecidos, para cada caso, en los anexos I y II.
Con carácter previo deberá abonarse en el momento de la solicitud de este servicio
un pago anticipado de 22,50 euros que no será objeto de devolución ni exención en caso
de desistimiento por parte del estudiante. Este importe también será exigible a los
reconocimientos entre estudios de la UNED, cuando se solicite un reconocimiento
superior a cuatro créditos ECTS, sin que tampoco sea objeto de devolución o exención
en caso de desistimiento.
El reconocimiento de créditos que llevan consigo las vías de acceso especiales a
determinados grados, como cursos puente o itinerarios específicos, se abonará al precio
único de 180,00 euros. Este precio se abona en matrícula, por lo que no será objeto de
pago anticipado. La anulación de la matrícula no dará derecho a su devolución.
Los estudiantes que soliciten transferencia de créditos deberán abonar un importe
de 150,00 euros, en los términos que se fijen en la normativa de esta Universidad.
Los precios a los que se refiere este artículo gozarán de las mismas bonificaciones
previstas en el apartado 4 de esta orden para el resto de los precios públicos por
servicios académicos.
Tutela académica.
Con carácter previo a su matrícula y en los términos que sean fijados en las normas
de matriculación, los estudiantes de las asignaturas Trabajo de Fin de Grado
cuatrimestral y Trabajo de Fin de Máster podrán abonar una tutela que tendrá la
consideración de pago a cuenta, siempre que la matrícula del trabajo se formalice
finalmente en el mismo curso que la tutela. Si el estudiante opta por no matricularse en
dicho curso, la cuantía abonada en concepto de tutela solo podrá ser objeto de
compensación o devolución, si la causa de la devolución se corresponde con alguno de
los supuestos enumerados en la normativa de la UNED sobre devoluciones de precios
públicos.
Los estudios de Grado de la rama de Ingeniería y Arquitectura, o de un ámbito de
conocimiento afín, tendrán una tutela previa y obligatoria para el Trabajo Fin de Grado en
las mismas condiciones económicas que las tutelas desarrolladas en el párrafo anterior.
De cara a la solicitud de beca o a cualquier otra circunstancia económica, la tutela no
tendrá la consideración de una asignatura matriculada.
Octavo. Forma de pago.
Los estudiantes de la UNED tendrán derecho a elegir la forma de efectuar el pago de
los precios establecidos, bien haciéndolo efectivo de una sola vez o fraccionándolo en
cve: BOE-A-2025-14299
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.
Núm. 165
Jueves 10 de julio de 2025
Quinto.
Sec. III. Pág. 92439
Becarios.
Los estudiantes que soliciten beca o bonificación con cargo a los Presupuestos
Generales del Estado, el Gobierno Vasco o la Generalitat Valenciana abonarán los
precios públicos por servicios académicos que se determine en su normativa reguladora.
Los estudiantes que, al formalizar la matrícula, se acojan a la exoneración de precios
por haber solicitado la concesión de una beca y, posteriormente, no obtuviesen la
condición de becario o les fuera revocada la beca concedida o el importe concedido sea
inferior al de las asignaturas matriculadas, vendrán obligados al abono del precio
correspondiente a la matrícula que efectuaron; su impago conllevará la anulación de
dicha matrícula en todas las materias, asignaturas o disciplinas, en los términos previstos
por la legislación vigente.
La beca solo alcanzará a los precios públicos de asignaturas matriculadas y
cursadas, no a las reconocidas, tuteladas, ni a otros conceptos.
Sexto.
Reconocimiento y transferencia de créditos.
Los estudiantes que obtengan el reconocimiento de créditos en los grados o en los
másteres universitarios por estudios u otras actividades realizadas fuera de la UNED,
abonarán el 30 % de los precios establecidos, para cada caso, en los anexos I y II.
Con carácter previo deberá abonarse en el momento de la solicitud de este servicio
un pago anticipado de 22,50 euros que no será objeto de devolución ni exención en caso
de desistimiento por parte del estudiante. Este importe también será exigible a los
reconocimientos entre estudios de la UNED, cuando se solicite un reconocimiento
superior a cuatro créditos ECTS, sin que tampoco sea objeto de devolución o exención
en caso de desistimiento.
El reconocimiento de créditos que llevan consigo las vías de acceso especiales a
determinados grados, como cursos puente o itinerarios específicos, se abonará al precio
único de 180,00 euros. Este precio se abona en matrícula, por lo que no será objeto de
pago anticipado. La anulación de la matrícula no dará derecho a su devolución.
Los estudiantes que soliciten transferencia de créditos deberán abonar un importe
de 150,00 euros, en los términos que se fijen en la normativa de esta Universidad.
Los precios a los que se refiere este artículo gozarán de las mismas bonificaciones
previstas en el apartado 4 de esta orden para el resto de los precios públicos por
servicios académicos.
Tutela académica.
Con carácter previo a su matrícula y en los términos que sean fijados en las normas
de matriculación, los estudiantes de las asignaturas Trabajo de Fin de Grado
cuatrimestral y Trabajo de Fin de Máster podrán abonar una tutela que tendrá la
consideración de pago a cuenta, siempre que la matrícula del trabajo se formalice
finalmente en el mismo curso que la tutela. Si el estudiante opta por no matricularse en
dicho curso, la cuantía abonada en concepto de tutela solo podrá ser objeto de
compensación o devolución, si la causa de la devolución se corresponde con alguno de
los supuestos enumerados en la normativa de la UNED sobre devoluciones de precios
públicos.
Los estudios de Grado de la rama de Ingeniería y Arquitectura, o de un ámbito de
conocimiento afín, tendrán una tutela previa y obligatoria para el Trabajo Fin de Grado en
las mismas condiciones económicas que las tutelas desarrolladas en el párrafo anterior.
De cara a la solicitud de beca o a cualquier otra circunstancia económica, la tutela no
tendrá la consideración de una asignatura matriculada.
Octavo. Forma de pago.
Los estudiantes de la UNED tendrán derecho a elegir la forma de efectuar el pago de
los precios establecidos, bien haciéndolo efectivo de una sola vez o fraccionándolo en
cve: BOE-A-2025-14299
Verificable en https://www.boe.es
Séptimo.