Comunidad Autónoma de AndalucíaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Sector gasista. (BOE-B-2025-26114)
Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública de instalación eléctrica de alta tensión PSFV "Elecon Conil".
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 40042
LMT1:
- Origen: CP1
- Final: CPM
- Tipo de cable: Al RHZ1-OL-18/30 kV
- Longitud: 236 m
LMT2:
- Origen: CP2
- Final: CPM
- Tipo de cable: Al RHZ1-OL-18/30 kV
- Longitud: 185 m
Centro de Protección y Medida
Dispone de tres celdas de línea, una celda de medida, una celda de protección
general y una celda de protección con interruptor automático para el transformador
de servicios auxiliares.
Infraestructura Común de Evacuación (AT-15927/24 y AT-15872/24)
Las infraestructuras comunes serán compartidas con MARINA CONIL SFV,
S.L., y estarán expuestas en el expediente PSFV MIGASOL CONIL AT-15872/24.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada
Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna
autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se
determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de
las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre
pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren
incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos
meramente informativos de dicha obligación.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los
titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que
pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen
oportunas en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
144 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.
cve: BOE-B-2025-26114
Verificable en https://www.boe.es
Ésta declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en
el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la
necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de
Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de
beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 2.2 de dicha ley.
Núm. 164
Miércoles 9 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 40042
LMT1:
- Origen: CP1
- Final: CPM
- Tipo de cable: Al RHZ1-OL-18/30 kV
- Longitud: 236 m
LMT2:
- Origen: CP2
- Final: CPM
- Tipo de cable: Al RHZ1-OL-18/30 kV
- Longitud: 185 m
Centro de Protección y Medida
Dispone de tres celdas de línea, una celda de medida, una celda de protección
general y una celda de protección con interruptor automático para el transformador
de servicios auxiliares.
Infraestructura Común de Evacuación (AT-15927/24 y AT-15872/24)
Las infraestructuras comunes serán compartidas con MARINA CONIL SFV,
S.L., y estarán expuestas en el expediente PSFV MIGASOL CONIL AT-15872/24.
Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada
Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna
autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se
determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica
sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de
las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la
provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre
pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren
incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos
meramente informativos de dicha obligación.
Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los
titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que
pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen
oportunas en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
144 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre.
cve: BOE-B-2025-26114
Verificable en https://www.boe.es
Ésta declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en
el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la
necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de
Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de
beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 2.2 de dicha ley.