Ministerio de Política Territorial y Memoria DemocráticaV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Sector gasista. (BOE-B-2025-26082)
Anuncio de la Delegación del Gobierno en Castilla la Mancha, por el que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediera, formalización de las actas de ocupación en el procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución del proyecto "Mantia Solar 2" de 109,98 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra, Yuncler, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena, en la provincia de Toledo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 164

Miércoles 9 de julio de 2025

Sec. V-B. Pág. 39963

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

26082

Anuncio de la Delegación del Gobierno en Castilla la Mancha, por el
que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación y, si
proce die ra, formalización de las actas de ocupación e n e l
procedimiento de expropiación forzosa para la ejecución del proyecto
"Mantia Solar 2" de 109,98 MW de pote ncia instalada, y su
infrae structura de e vacuación, e n los términos municipale s de
Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villalue nga de la Sagra, Yuncle r,
Ce dillo de l Condado, Yuncos, Ille scas y Uge na, e n la provincia de
Tole do.

Exp.: Pfot-447
Mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas de
fecha 26 de julio de 2024, publicada el 21 de agosto de 2024, en el BOE número
202, se otorgó la autorización administrativa previa de las modificaciones y
autorización administrativa de construcción y mediante Resolución de la Dirección
General de Política Energética y Minas de fecha 7 de enero de 2025, publicada el
17 de febrero de 2025, en el BOE número 41, se declara, en concreto, la utilidad
pública de la instalación fotovoltaica «Mantia Solar 2», de 109,98 MW de potencia
instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de
Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra, Yuncler, Cedillo del
Condado, Yuncos, Illescas y Ugena (Toledo).
De conformidad con el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del
Sector Eléctrico y el artículo 140 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de
energía eléctrica, la declaración de utilidad pública lleva implícita, en todo caso, la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados
e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos de lo previsto en el
artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa.

En cumplimiento del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se convoca
a los titulares de los bienes y derechos afectados, cuya relación concreta e
individualizada se acompaña al presente anuncio, con independencia de la
notificación individual, por cédula, que en los mismos términos se practica a los
afectados, para que en el día y hora que se señala en este escrito comparezcan en
los Ayuntamientos de Yunclillos, Cabañas de la Sagra, Villaluenga de la Sagra,
Yuncler, Cedillo del Condado, Yuncos, Illescas y Ugena, al objeto de proceder al
levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de
ocupación definitiva, sin perjuicio de trasladarse al propio terreno si fuese

cve: BOE-B-2025-26082
Verificable en https://www.boe.es

Con fecha 11 de abril de 2025, y en virtud de lo establecido por el artículo 5 del
Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de
Expropiación Forzosa, Solaria Promoción y Desarrollo Fotovoltaico, SLU, en su
condición de entidad beneficiaria de la expropiación presentó ante la Delegación
del Gobierno en Castilla la Mancha escrito solicitando el inicio de la tramitación del
procedimiento expropiatorio de los bienes y derechos afectados por las
instalaciones correspondientes al proyecto citado y, en consecuencia, la
convocatoria para el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y Actas de
Ocupación, si procediera.