Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2025-14039)
Resolución de 30 de junio de 2025, conjunta de la Universidad Complutense de Madrid y la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 163

Martes 8 de julio de 2025

Comisión

Apellidos y nombre

Sec. II.B. Pág. 90902

Cuerpo/categoría

Universidad

Suplente.

Ruiz Ortega, Marta.

CU.

UAM.

Suplente.

Gónzalez Billalabeitia, Enrique.

Especialista.

H. U. 12 de Octubre.

Suplente.

Garrido López, Pilar.

Especialista.

H. U. Ramón y Cajal.

ANEXO III
Criterios de valoración del curriculum vitae (plazas vinculadas)
1. Criterio general: Actividad docente. La puntuación máxima que se puede obtener
en este criterio estará comprendida entre 25 y 35 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– La trayectoria docente.
– Dedicación a tiempo completo o a tiempo parcial en la Universidad.
– Número y diversidad de asignaturas impartidas.
– Elaboración de material docente original.
– Proyectos de innovación docente.
– Dirección de proyectos fin de carrera, tesinas, trabajos fin de master, DEAS.
– Otros méritos relacionados con la actividad docente (La puntuación máxima de
este apartado no podrá superar el 10 % de la asignada al criterio general).
2. Criterio general: Actividad investigadora y de transferencia e intercambio de
conocimiento. La puntuación máxima que se puede obtener en este criterio estará
comprendida entre 25 y 35 puntos.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:
– Publicaciones científicas, creaciones artísticas profesionales, etc. atendiendo a su
relevancia y calidad en el ámbito de conocimiento y, en su caso, al perfil de la plaza
objeto de concurso.
– Ponencias y comunicaciones a congresos.
– Dirección y participación en proyectos competitivos de investigación.
– Dirección y participación en otros proyectos y contratos de investigación.
– Dirección de tesis doctorales y de otros trabajos de investigación.
– Patentes y productos con registro de propiedad intelectual, transferencia de
conocimiento al sector productivo, creación de entidades o empresas basadas en el
conocimiento, etc.
– Estancias en centros de investigación de más de un mes.
– Colaboraciones internacionales.
– Otros méritos relacionados con la actividad investigadora. (La puntuación máxima
de este apartado no podrá superar el 10 % de la asignada al criterio general).

– Puestos asistenciales desempeñados:
dedicación, antigüedad.
– Actividad asistencial desempeñada.

categoría,

organismo,

régimen

de

4. Criterio general: Experiencia en gestión y administración educativa, hospitalaria,
científica y tecnológica; actividad profesional. La puntuación máxima que se puede
obtener en este criterio es de 5 puntos.

cve: BOE-A-2025-14039
Verificable en https://www.boe.es

3. Criterio general: Actividad asistencial. La puntuación máxima que se puede
obtener en este criterio estará comprendida entre 35 y 40 puntos, no pudiendo ser
inferior a la establecida en los criterios 1 y 2.
Se tendrán en cuenta los siguientes méritos: