Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-25798)
Resolución de la Autoridad Portuaria de Alicante por la que se autoriza la publicación de anuncio de otorgamiento de prórroga de una concesión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. V-B. Pág. 39456

5. La ejecución de las obras se iniciará dentro del plazo de seis (6) meses,
contado desde la aprobación del proyecto de construcción por la Autoridad
Portuaria de Alicante, una vez obtenidas las licencias y permisos necesarios para
su ejecución, y finalizará en un plazo máximo de diez (10) meses, computado
desde el inicio de las obras.
6. La Autoridad Portuaria podrá inspeccionar, en todo momento, la ejecución
de las obras, para comprobar si las mismas se ajustan al proyecto aprobado. Si se
apreciara la existencia de defectos en las obras, se comunicará al titular de la
concesión tal circunstancia y la Autoridad Portuaria podrá acordar la paralización
de las obras hasta que se subsanen los defectos observados.
7. Terminadas las obras, el concesionario solicitará por escrito a la Autoridad
Portuaria el reconocimiento de las mismas, que se practicará por los servicios
técnicos competentes de la Autoridad Portuaria con asistencia del concesionario,
quien podrá acudir acompañado por técnico designado al efecto, levantándose
plano y acta de reconocimiento final, que serán elevados al Director de la
Autoridad Portuaria para su aprobación, si procede.
8. La garantía de construcción se devolverá al concesionario, a instancia de
éste, una vez transcurrido un (1) mes desde que haya sido aprobada el acta de
reconocimiento.
9. La eficacia de la prórroga otorgada mediante la presente resolución,
presupone el íntegro cumplimiento del compromiso de inversión contraído a tal fin
por la sociedad concesionaria, el cual se concreta en la Condición Particular 1.
El incumplimiento total o parcial de dicho compromiso será causa de extinción
de la presente resolución, sin que la ejecución parcial de aquel genere obligación
alguna de restitución y/o compensación económica de ninguna clase a cargo de la
Autoridad Portuaria y a favor del concesionario.
Así mismo, el concesionario deberá estar al corriente de todas las obligaciones
concesionales.
Lo que se publica para general conocimiento.
Alicante, 30 de junio de 2025.- Presidente, Luis Gonzaga Rodríguez González.

cve: BOE-B-2025-25798
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ID: A250032425-1

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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X