Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14004)
Resolución de 30 de junio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación Iberoamericana Empresarial, para colaborar en la realización del encuentro «X Encuentro empresas multilatinas».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90742

– Gestionará todos los servicios e infraestructuras generales vinculadas al
funcionamiento del conjunto de su programación académica en Santander, en la que
está incluido este encuentro. En concreto se realizarán las actuaciones que se detallan:
difusión general, programa, cuadernos, carpetas y otros materiales y gastos de
infraestructura de mantenimiento y limpieza de locales, vigilancia y personal.
ii. La UIMP no ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de
becas para el conjunto de cursos de su programación.
iii. La UIMP mantendrá indemne a FIE de cualquier reclamación que se pueda
recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la propia UIMP
realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado, alumnado,
empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse afectada.
III. Compromiso económico.
La UIMP asumirá directamente la financiación de las actuaciones que gestiona de
acuerdo con lo indicado en el apartado II.i de esta cláusula, que se presupuestan en un
máximo de trece mil euros (13.000,00 €). Esto no implica un pago a la FIE, sino que se
trata de una aportación en especie. De este importe:
– La cantidad de 12.250,00 euros, corresponde a los costes generales de
funcionamiento de servicios e infraestructuras para el conjunto de la programación de
verano en Santander que se repercuten a este encuentro (difusión, programa,
cuadernos, carpetas y otros materiales y gastos de infraestructura de mantenimiento y
limpieza de locales, vigilancia y personal). Por tanto, no es preciso aprobar un gasto
específico adicional por estos conceptos vinculado a este convenio.
– El resto del compromiso económico, 750,00 euros, corresponde a los honorarios
del profesorado e irá con cargo al concepto 28.101.322C.226.06 de su presupuesto de
gastos vigente en el cual existe crédito adecuado y suficiente. Se pagará mediante el
procedimiento de anticipo de caja fija, por lo que –dado su importe– no estará sometido a
fiscalización previa de conformidad con lo establecido en el artículo 151.c) de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
Cuarta. Visibilidad de la colaboración.Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión del encuentro se
destacará la colaboración de la FIE con la UIMP, respetando en todo caso las directrices
de imagen externa que ambas instituciones faciliten con este fin.
II. La FIE podrá apoyar a la UIMP en la campaña de promoción del curso, llevando
a cabo con sus medios habituales cuantas acciones estime convenientes, tales como
difusión a través de su propia web, difusión directa del programa entre el público
específico, etc., respetando en la medida de lo posible el diseño de la campaña
publicitaria de la UIMP.
Asimismo, la FIE podrá apoyar, a través de su propio gabinete de comunicación, la
labor realizada por la UIMP con los medios de comunicación, siempre con la necesaria
coordinación y apoyo mutuo.
III. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se
formaliza mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el tiempo y el
ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de la
legislación vigente en materia de propiedad intelectual.

cve: BOE-A-2025-14004
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Núm. 162