Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13967)
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el convenio con la Asociación Tecnológica Reoltec, en materia de propiedad industrial.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90509
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
13967
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Oficina Española de Patentes y
Marcas, O.A., por la que se publica el convenio con la Asociación
Tecnológica Reoltec, en materia de propiedad industrial.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del convenio entre la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) y la Asociación Tecnológica Reoltec en materia de
propiedad industrial.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el
acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Madrid, 26 de junio de 2025.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y
Marcas, O.A., Elisa Rodríguez Ortiz.
ANEXO
Convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) y la
Asociación Tecnológica Reoltec en materia de propiedad industrial
Madrid, a 25 de junio de 2025.
De una parte doña Elisa Rodríguez Ortiz, Directora de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O. A. (en adelante, OEPM), nombrada por el Real Decreto 556/2024,
de 11 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 12 de junio de 2024), actuando como
representante de la misma en virtud de las facultades que le confieren la Ley 17/1975,
de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la Propiedad
Industrial en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se
regula la Oficina Española de Patentes y Marcas en su artículo seis.
De otra parte don Ángel Budia García, en nombre y representación de la Asociación
Tecnológica Reoltec (en adelante, REOLTEC), con domicilio en 28020 Madrid, calle
Orense, 34 Torre Norte – planta 4 y con NIF G88321682, en calidad de director
financiero y con poder suficiente para la firma del presente convenio, en virtud del poder
otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Javier Fernández Merino, con
el número de su protocolo 377 de fecha 18 de febrero de 2019.
cve: BOE-A-2025-13967
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90509
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO
13967
Resolución de 26 de junio de 2025, de la Oficina Española de Patentes y
Marcas, O.A., por la que se publica el convenio con la Asociación
Tecnológica Reoltec, en materia de propiedad industrial.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del convenio entre la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) y la Asociación Tecnológica Reoltec en materia de
propiedad industrial.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el
acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o
bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del
correspondiente al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Madrid, 26 de junio de 2025.–La Directora de la Oficina Española de Patentes y
Marcas, O.A., Elisa Rodríguez Ortiz.
ANEXO
Convenio entre la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. (OEPM) y la
Asociación Tecnológica Reoltec en materia de propiedad industrial
Madrid, a 25 de junio de 2025.
De una parte doña Elisa Rodríguez Ortiz, Directora de la Oficina Española de
Patentes y Marcas, O. A. (en adelante, OEPM), nombrada por el Real Decreto 556/2024,
de 11 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 12 de junio de 2024), actuando como
representante de la misma en virtud de las facultades que le confieren la Ley 17/1975,
de 2 de mayo, sobre creación del Organismo Autónomo Registro de la Propiedad
Industrial en su artículo quinto, y el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se
regula la Oficina Española de Patentes y Marcas en su artículo seis.
De otra parte don Ángel Budia García, en nombre y representación de la Asociación
Tecnológica Reoltec (en adelante, REOLTEC), con domicilio en 28020 Madrid, calle
Orense, 34 Torre Norte – planta 4 y con NIF G88321682, en calidad de director
financiero y con poder suficiente para la firma del presente convenio, en virtud del poder
otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Javier Fernández Merino, con
el número de su protocolo 377 de fecha 18 de febrero de 2019.
cve: BOE-A-2025-13967
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDOS