Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-13964)
Resolución de 25 de junio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XII Convenio colectivo de European Air Transport Leipzig GMBH, Sucursal en España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90431

ANEXO II
Antigüedad productiva
Todas aquellas personas que tengan 6 o más años de antigüedad podrán percibir la
antigüedad productiva en base a los siguientes criterios de acuerdo a lo conseguido en
cada uno de ellos. Los resultados que obtenga cada trabajador harán que se pueda
percibir un porcentaje de dicho concepto.
1er. Criterio – DISCIPLINARIO – 15 euros
Se definen 3 niveles para la obtención de puntos en este criterio.
100 % Personas sin ninguna sanción disciplinaria.
50 % Personas con una falta Leve–Amonestación por escrito.
0%

Personas con alguna falta Grave o Leve con suspensión de
empleo y sueldo.

2.º Criterio – FORMACIÓN – 15 euros
Se establecen 3 niveles de consecución en este criterio.
100 %

Personas que hayan realizado la formación prevista a su
puesto de trabajo.

Personas que hayan realizado el 80 % de la formación prevista
50 % en la matriz de formación correspondiente a su puesto de
trabajo.
Personas que no hayan alcanzado el 80 % de la formación
0% prevista en la matriz de formación correspondiente a su puesto
de trabajo.

ANEXO III

I. La empresa facilitará a todos los trabajadores la uniformidad suficiente y
adecuada para su puesto de trabajo, teniendo en cuenta los condicionantes de cada
puesto y la climatología de cada escala.
El Jefe de Escala es responsable de la correcta distribución de recursos de
uniformidad y de equipos de protección individual de acuerdo con las necesidades de
cada puesto de trabajo.
Todas las prendas pertenecen a la empresa y serán para uso exclusivo durante la
jornada laboral y los traslados desde el domicilio particular al centro de trabajo.
Se entregará toda la ropa una vez que haya finalizado la relación contractual. En
caso contrario la empresa podrá deducir del finiquito correspondiente las prendas no
devueltas a la compañía.
II. Al incorporarse a la empresa, se entregará al trabajador la uniformidad genérica
y la propia de la temporada en que se encuentre (verano o invierno) que le corresponda
según las tablas adjuntas. Además se entregará siempre al personal de rampa/sorting un
juego de prendas con Gore-Tex y un forro polar, independientemente de la temporada en
que se incorpore.
Este equipamiento se completará con el cambio de temporada.
La uniformidad se renovará según lo establecido con el cambio de temporada, con
excepción de los equipos del tipo Gore-Tex, que tan sólo se renovarán por deterioro.
Se efectuará la reposición de las prendas de la uniformidad deterioradas previa
presentación y entrega de dicha prenda al responsable de uniformidad de cada escala.

cve: BOE-A-2025-13964
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Uniformidad