Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-13963)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Agencia de Desarrollo Comarcal de Pisueña-Pas-Miera, para el desarrollo del programa de formación abierta «Aula Mentor».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162

Lunes 7 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 90396

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
13963

Resolución de 1 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la
que se publica el Convenio con la Agencia de Desarrollo Comarcal de
Pisueña-Pas-Miera, para el desarrollo del programa de formación abierta
«Aula Mentor».

La Agencia de Desarrollo Comarcal de Pisueña-Pas-Miera y el Ministerio de
Educación, Formación Profesional y Deportes, han suscrito, con fecha de 25 de junio
de 2025, un convenio para el desarrollo del programa de formación abierta denominado
«Aula Mentor», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro
Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura
como anexo a esta resolución.
Madrid, 1 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo.
ANEXO
Convenio entre la Agencia de Desarrollo Comarcal de Pisueña-Pas-Miera y el
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el desarrollo del
programa de formación abierta denominado «Aula Mentor»
REUNIDOS
De una parte, don Antonio Fernández Diego Presidente de la Agencia de Desarrollo
Comarcal de Pisueña-Pas-Miera nombrado por Pleno en fecha 30 de noviembre
de 2023.
De otra parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes con
domicilio social en Calle Alcalá, número 34, de Madrid, representado en este acto por
doña Esther Monterrubio Ariznabarreta, Secretaria General de Formación Profesional, en
virtud del Real Decreto 1191/2024 de 28 de noviembre, por el que se nombra Secretaria
General de Formación Profesional, y actuando en el ejercicio de la competencia que le
otorga la Orden EFD/335/2025, de 03 de abril, sobre fijación de límites para la
administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias.
En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta como las
Partes.

EXPONEN
I. Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 5.4
establece que «corresponde a las Administraciones públicas promover ofertas de
aprendizaje flexibles que permitan la adquisición de competencias básicas y, en su caso,
las correspondientes titulaciones, a aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el
sistema educativo sin ninguna titulación».

cve: BOE-A-2025-13963
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les
otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio, y a
tal fin