Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de La Rioja. Convenio. (BOE-A-2025-13979)
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General del Libro, del Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de La Rioja, para regular el suministro de metadatos y miniaturas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90599
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
13979
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General del Libro, del
Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Comunidad
Autónoma de La Rioja, para regular el suministro de metadatos y miniaturas.
El Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de La Rioja han suscrito, con
fecha 10 de junio de 2025, un convenio para regular el suministro de metadatos y
miniaturas por parte de la Comunidad Autónoma de La Rioja al Ministerio de Cultura y, a
través de este, a Europeana, así como el uso de dichos metadatos y miniaturas por parte
del Ministerio de Cultura y de Europeana, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 1 de julio de 2025.–La Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura,
María José Gálvez Salvador.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de La Rioja para
regular el suministro de metadatos y miniaturas por parte de la Comunidad Autónoma
de La Rioja al Ministerio de Cultura, a través de este, a Europeana, así como el uso de
dichos metadatos y miniaturas por parte del Ministerio de Cultura y de Europeana
A 10 de junio de 2025.
REUNIDOS
EXPONEN
Primero.
Que Europeana es la biblioteca digital pública de la Unión Europea. Europeana tiene
como objetivo proporcionar acceso al patrimonio cultural y científico europeo.
Europeana, con ese objetivo, lleva a cabo las tareas de recolectar, indizar, enriquecer y
hacer accesibles los metadatos descriptivos, las miniaturas y los objetos digitales que
cve: BOE-A-2025-13979
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don Ernest Urtasun Domènech, Ministro de Cultura, nombrado por
Real Decreto 835/2023, 20 de noviembre, en representación del Ministerio de Cultura y
en el ejercicio de las competencias atribuidas en los artículos 61.k y 48.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra, don José Luis Pérez Pastor, Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y
Juventud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en virtud del nombramiento efectuado
por Decreto del Presidente 10/2023, de 1 de julio (BOR número 134, de 2 de julio);
autorizado para la aprobación del presente convenio por Acuerdo de Consejo de
Gobierno de fecha 28 de julio de 2023 por el que se delega en los consejeros la
competencia para aprobar los convenios y protocolos (BOR número 159, de 4 de agosto
de 2023) y facultado para su firma en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.1.k) de la
Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros.
Núm. 162
Lunes 7 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 90599
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE CULTURA
13979
Resolución de 1 de julio de 2025, de la Dirección General del Libro, del
Cómic y de la Lectura, por la que se publica el Convenio con la Comunidad
Autónoma de La Rioja, para regular el suministro de metadatos y miniaturas.
El Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de La Rioja han suscrito, con
fecha 10 de junio de 2025, un convenio para regular el suministro de metadatos y
miniaturas por parte de la Comunidad Autónoma de La Rioja al Ministerio de Cultura y, a
través de este, a Europeana, así como el uso de dichos metadatos y miniaturas por parte
del Ministerio de Cultura y de Europeana, por lo que conforme a lo previsto en el
artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 1 de julio de 2025.–La Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura,
María José Gálvez Salvador.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Cultura y la Comunidad Autónoma de La Rioja para
regular el suministro de metadatos y miniaturas por parte de la Comunidad Autónoma
de La Rioja al Ministerio de Cultura, a través de este, a Europeana, así como el uso de
dichos metadatos y miniaturas por parte del Ministerio de Cultura y de Europeana
A 10 de junio de 2025.
REUNIDOS
EXPONEN
Primero.
Que Europeana es la biblioteca digital pública de la Unión Europea. Europeana tiene
como objetivo proporcionar acceso al patrimonio cultural y científico europeo.
Europeana, con ese objetivo, lleva a cabo las tareas de recolectar, indizar, enriquecer y
hacer accesibles los metadatos descriptivos, las miniaturas y los objetos digitales que
cve: BOE-A-2025-13979
Verificable en https://www.boe.es
De una parte, don Ernest Urtasun Domènech, Ministro de Cultura, nombrado por
Real Decreto 835/2023, 20 de noviembre, en representación del Ministerio de Cultura y
en el ejercicio de las competencias atribuidas en los artículos 61.k y 48.2 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
De otra, don José Luis Pérez Pastor, Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y
Juventud de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en virtud del nombramiento efectuado
por Decreto del Presidente 10/2023, de 1 de julio (BOR número 134, de 2 de julio);
autorizado para la aprobación del presente convenio por Acuerdo de Consejo de
Gobierno de fecha 28 de julio de 2023 por el que se delega en los consejeros la
competencia para aprobar los convenios y protocolos (BOR número 159, de 4 de agosto
de 2023) y facultado para su firma en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.1.k) de la
Ley 8/2003, de 28 de octubre, del Gobierno e incompatibilidades de sus miembros.