Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13717)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones incluidas en los informes relativos al Área de Administración Económica del Estado, ejercicio 2020.
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En apartados anteriores se ha puesto de manifiesto la multiplicidad y heterogeneidad de los inventarios de bienes no incluidos en CIBI que existen en
los departamentos ministeriales fiscalizados en cumplimiento del artículo 33.3 LPAP. Asimismo, se ha señalado la falta de mantenimiento, en algunos
casos, de esos inventarios, cuando no su inexistencia, y la falta de constancia en ellos del valor de adquisición de los bienes.
Por otra parte, la disposición transitoria de la Resolución de la IGAE de 14.12.1999 establece un régimen excepcional para la amortización de los
bienes (basado no en el precio de adquisición y en la vida útil de los bienes sino en los saldos de las cuentas donde estén recogidos), que dura ya
más de 15 años, para los entes públicos que no tengan “todos los datos identificativos necesarios para determinar la amortización de cada elemento
patrimonial”.
En definitiva, la amortización (y la baja contable) de estos bienes de acuerdo con los principios generales que informan el PGCP, solo podrá hacerse
cuando existan en los diversos departamentos ministeriales inventarios homogéneos, valorados y mantenidos con el necesario rigor.
A este respecto, la IGAE dispone de una aplicación denominada SOROLLA2 que cuenta con un módulo de inventario que permitiría a los diversos
departamentos ministeriales la llevanza de sus inventarios de bienes de una forma rigurosa y homogénea, más adecuada que las aplicaciones Office
que se utilizan de forma generalizada, y que además cuenta con el mantenimiento de la IGAE, lo que evitaría los problemas de falta de mantenimiento
de las aplicaciones por desaparición de las empresas de software que las diseñaron. Ello sin olvidar las ventajas que para la gestión financiera
presentan los otros módulos de la aplicación.
El uso de esta aplicación facilitaría a los departamentos ministeriales todos los datos identificativos necesarios para determinar la amortización y baja
contable de los bienes inventariados de acuerdo con los principios generales del PGCP. Por otra parte, una vez que la IGAE haya establecido su
enlace con el SIC, la aplicación podría ser utilizada como un soporte real de la contabilidad patrimonial de los bienes cuya gestión y control corresponde
a los departamentos ministeriales, lo que se traduciría en una indudable mejora de la calidad y la representatividad de la información contable ofrecida
en la rúbrica de Inmovilizado material del balance de la AGE.
En consecuencia, se considera conveniente que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas promueva la implantación de la aplicación
SOROLLA2 en el ámbito de la AGE y que introduzca mejoras en esta aplicación, diseñando su enlace automático con la aplicación SIC."
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la DGPE, debería establecer un plan de actuación para culminar la depuración de
la información obtenida de las encomiendas de gestión a SEGIPSA. Este plan de actuación no solo debe establecer un horizonte temporal para la
terminación de los trabajos, sino que debe ir acompañado de un seguimiento activo por la DGPE de las actuaciones realizadas por las secciones de
patrimonio de las DEH (seguimiento de progresos, análisis de desviaciones, dotación de recursos necesarios, etc.
En curso
En curso
29/04/2021
Estado a
Cumplida Total o
Sustancialmente
En curso
Estado de
implementación
ACTUAL
Viernes 4 de julio de 2025
cve: BOE-A-2025-13717
Verificable en https://www.boe.es
INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LA GESTION Y CONTROL
CONTABLES DEL
INMOVILIZADO MATERIAL DE
LA ADMINISTRACIÓN
GENERAL DEL ESTADO
Título del Informe
Recomendación formulada
Núm. 160
1121
Nº Informe
Código Rec.
RECOMENDACIONES EN CURSO PROVENIENTES DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL
MINISTERIO DE HACIENDA INCLUIDAS EN LOS INFORMES RELATIVOS AL ÁREA DE LA ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO APROBADOS
DURANTE LOS EJERCICIOS 2015, 2016 Y 2017 (nº 1426),
aprobado por el Pleno el 29/04/2021
ANEXO 5
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. III. Pág. 89339
2
En apartados anteriores se ha puesto de manifiesto la multiplicidad y heterogeneidad de los inventarios de bienes no incluidos en CIBI que existen en
los departamentos ministeriales fiscalizados en cumplimiento del artículo 33.3 LPAP. Asimismo, se ha señalado la falta de mantenimiento, en algunos
casos, de esos inventarios, cuando no su inexistencia, y la falta de constancia en ellos del valor de adquisición de los bienes.
Por otra parte, la disposición transitoria de la Resolución de la IGAE de 14.12.1999 establece un régimen excepcional para la amortización de los
bienes (basado no en el precio de adquisición y en la vida útil de los bienes sino en los saldos de las cuentas donde estén recogidos), que dura ya
más de 15 años, para los entes públicos que no tengan “todos los datos identificativos necesarios para determinar la amortización de cada elemento
patrimonial”.
En definitiva, la amortización (y la baja contable) de estos bienes de acuerdo con los principios generales que informan el PGCP, solo podrá hacerse
cuando existan en los diversos departamentos ministeriales inventarios homogéneos, valorados y mantenidos con el necesario rigor.
A este respecto, la IGAE dispone de una aplicación denominada SOROLLA2 que cuenta con un módulo de inventario que permitiría a los diversos
departamentos ministeriales la llevanza de sus inventarios de bienes de una forma rigurosa y homogénea, más adecuada que las aplicaciones Office
que se utilizan de forma generalizada, y que además cuenta con el mantenimiento de la IGAE, lo que evitaría los problemas de falta de mantenimiento
de las aplicaciones por desaparición de las empresas de software que las diseñaron. Ello sin olvidar las ventajas que para la gestión financiera
presentan los otros módulos de la aplicación.
El uso de esta aplicación facilitaría a los departamentos ministeriales todos los datos identificativos necesarios para determinar la amortización y baja
contable de los bienes inventariados de acuerdo con los principios generales del PGCP. Por otra parte, una vez que la IGAE haya establecido su
enlace con el SIC, la aplicación podría ser utilizada como un soporte real de la contabilidad patrimonial de los bienes cuya gestión y control corresponde
a los departamentos ministeriales, lo que se traduciría en una indudable mejora de la calidad y la representatividad de la información contable ofrecida
en la rúbrica de Inmovilizado material del balance de la AGE.
En consecuencia, se considera conveniente que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas promueva la implantación de la aplicación
SOROLLA2 en el ámbito de la AGE y que introduzca mejoras en esta aplicación, diseñando su enlace automático con la aplicación SIC."
El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, a través de la DGPE, debería establecer un plan de actuación para culminar la depuración de
la información obtenida de las encomiendas de gestión a SEGIPSA. Este plan de actuación no solo debe establecer un horizonte temporal para la
terminación de los trabajos, sino que debe ir acompañado de un seguimiento activo por la DGPE de las actuaciones realizadas por las secciones de
patrimonio de las DEH (seguimiento de progresos, análisis de desviaciones, dotación de recursos necesarios, etc.
En curso
En curso
29/04/2021
Estado a
Cumplida Total o
Sustancialmente
En curso
Estado de
implementación
ACTUAL
Viernes 4 de julio de 2025
cve: BOE-A-2025-13717
Verificable en https://www.boe.es
INFORME DE FISCALIZACIÓN
DE LA GESTION Y CONTROL
CONTABLES DEL
INMOVILIZADO MATERIAL DE
LA ADMINISTRACIÓN
GENERAL DEL ESTADO
Título del Informe
Recomendación formulada
Núm. 160
1121
Nº Informe
Código Rec.
RECOMENDACIONES EN CURSO PROVENIENTES DEL INFORME DE FISCALIZACIÓN DEL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES DIRIGIDAS AL
MINISTERIO DE HACIENDA INCLUIDAS EN LOS INFORMES RELATIVOS AL ÁREA DE LA ADMINISTRACIÓN ECONÓMICA DEL ESTADO APROBADOS
DURANTE LOS EJERCICIOS 2015, 2016 Y 2017 (nº 1426),
aprobado por el Pleno el 29/04/2021
ANEXO 5
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sec. III. Pág. 89339