Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-13711)
Resolución de 20 de marzo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de seguimiento de las recomendaciones incluidas en diversos informes de fiscalización de fundaciones del sector público estatal aprobados en el periodo 2015 a 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88896
ANEXO IV.-1/10
CUADROS RESUMEN DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES POR DESTINATARIOS
AL GOBIERNO
Código. Rec
1.147 - 2
1.147 - 3
1.232 - 1
1.232 -2
2)
Recomendaciones formuladas
Sería conveniente que el Gobierno, a través de la Oficina para la Ejecución de la Reforma de
las Administraciones Públicas, adoptase las medidas pertinentes para garantizar la finalización
de las actuaciones de reestructuración del sector público fundacional.
Sería conveniente que el Gobierno, a través de los ministerios que ejercen las funciones de
protectorado sobre las fundaciones del sector público fundacional, adoptase las medidas
necesarias para exigir el cumplimiento de los Acuerdos de Consejo de Ministros objeto del
presente informe.
Se recomienda al Gobierno que desarrolle la disposición adicional quinta de la Ley 31/1995, de
8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, de manera que se regule: a) cómo deben
llevarse a cabo las acciones previstas en los ámbitos territoriales y en los sectores de actividad;
b) quiénes pueden realizar las acciones anteriormente indicadas (actualmente beneficiarios de
las subvenciones); y c) cómo debe articularse la colaboración de la Fundación con la Comisión
Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Entidad a la que está adscrita) y con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, para lograr el cumplimiento de sus fines.
Se recomienda al Gobierno que realice un análisis sobre los cambios que se han producido en
estos años en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las
pequeñas empresas, dado el tiempo transcurrido desde 1995 y 1999, años en los que,
respectivamente, se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y se creó la Fundación
(para promover las medidas incluidas en la misma), con el objeto de determinar si la Fundación
debería seguir realizando las mismas acciones o actividades para las que en un principio se
constituyó, cuando entró en vigor la citada Ley, o si tendrían que modificarse para adaptarse,
en su caso, a las nuevas circunstancias que presumiblemente se han tenido que producir
después de un número tan elevado de años.
CT
NC
NA
√
√
√
AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Recomendaciones formuladas
CT
1.217 - 3
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte debería abordar su intervención en la Fundación
Centro Nacional del Vidrio dotándola de los recursos necesarios y un proyecto de gestión
sostenible mediante la adecuada coordinación con, entre otras instituciones, el organismo
Patrimonio Nacional de tal forma que se ponga en valor el museo que alberga y se evite el
deterioro de su inmueble.
√
CP
EC
NC
NA
CP
EC
NC
NA
NC
NA
A LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
Código. Rec
Recomendaciones formuladas
1.232 - 3
Se recomienda a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social que las nuevas bases reguladoras
también se adapten a lo regulado en la Ley General de Subvenciones en lo relativo a:
a) los principios de concurrencia, igualdad y no discriminación, dado que no debería limitarse
la condición de beneficiario únicamente a los agentes sociales, máxime cuando en la citada
disposición adicional quinta de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no se establece
quiénes han de realizar las acciones (beneficiarios de las subvenciones);
b) los beneficiarios de las subvenciones, en tanto que no pueden ser beneficiarios de las
mismas los patronos de la Fundación, al ser los representantes de los agentes sociales
perceptores de las subvenciones.
4)
EC
√
Código. Rec
3)
CP
CT
√
√
A LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO
Código. Rec
Recomendaciones formuladas
1.217 - 1
Establecer los cauces necesarios entre los diferentes departamentos ministeriales y la Dirección
General del Patrimonio del Estado con objeto de definir los criterios de gestión de inmuebles
adecuados, para que las fundaciones del sector público puedan integrar, convenientemente, los
inmuebles en los que desarrollan su actividad fundacional en el conjunto de los de carácter
público.
CT
CP
√
EC
cve: BOE-A-2025-13711
Verificable en https://www.boe.es
1)
Núm. 160
Viernes 4 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 88896
ANEXO IV.-1/10
CUADROS RESUMEN DE SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES POR DESTINATARIOS
AL GOBIERNO
Código. Rec
1.147 - 2
1.147 - 3
1.232 - 1
1.232 -2
2)
Recomendaciones formuladas
Sería conveniente que el Gobierno, a través de la Oficina para la Ejecución de la Reforma de
las Administraciones Públicas, adoptase las medidas pertinentes para garantizar la finalización
de las actuaciones de reestructuración del sector público fundacional.
Sería conveniente que el Gobierno, a través de los ministerios que ejercen las funciones de
protectorado sobre las fundaciones del sector público fundacional, adoptase las medidas
necesarias para exigir el cumplimiento de los Acuerdos de Consejo de Ministros objeto del
presente informe.
Se recomienda al Gobierno que desarrolle la disposición adicional quinta de la Ley 31/1995, de
8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, de manera que se regule: a) cómo deben
llevarse a cabo las acciones previstas en los ámbitos territoriales y en los sectores de actividad;
b) quiénes pueden realizar las acciones anteriormente indicadas (actualmente beneficiarios de
las subvenciones); y c) cómo debe articularse la colaboración de la Fundación con la Comisión
Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Entidad a la que está adscrita) y con la Inspección
de Trabajo y Seguridad Social, para lograr el cumplimiento de sus fines.
Se recomienda al Gobierno que realice un análisis sobre los cambios que se han producido en
estos años en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en las
pequeñas empresas, dado el tiempo transcurrido desde 1995 y 1999, años en los que,
respectivamente, se aprobó la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y se creó la Fundación
(para promover las medidas incluidas en la misma), con el objeto de determinar si la Fundación
debería seguir realizando las mismas acciones o actividades para las que en un principio se
constituyó, cuando entró en vigor la citada Ley, o si tendrían que modificarse para adaptarse,
en su caso, a las nuevas circunstancias que presumiblemente se han tenido que producir
después de un número tan elevado de años.
CT
NC
NA
√
√
√
AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
Recomendaciones formuladas
CT
1.217 - 3
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte debería abordar su intervención en la Fundación
Centro Nacional del Vidrio dotándola de los recursos necesarios y un proyecto de gestión
sostenible mediante la adecuada coordinación con, entre otras instituciones, el organismo
Patrimonio Nacional de tal forma que se ponga en valor el museo que alberga y se evite el
deterioro de su inmueble.
√
CP
EC
NC
NA
CP
EC
NC
NA
NC
NA
A LA SECRETARÍA DE ESTADO DE SEGURIDAD SOCIAL Y PENSIONES
Código. Rec
Recomendaciones formuladas
1.232 - 3
Se recomienda a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social que las nuevas bases reguladoras
también se adapten a lo regulado en la Ley General de Subvenciones en lo relativo a:
a) los principios de concurrencia, igualdad y no discriminación, dado que no debería limitarse
la condición de beneficiario únicamente a los agentes sociales, máxime cuando en la citada
disposición adicional quinta de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales no se establece
quiénes han de realizar las acciones (beneficiarios de las subvenciones);
b) los beneficiarios de las subvenciones, en tanto que no pueden ser beneficiarios de las
mismas los patronos de la Fundación, al ser los representantes de los agentes sociales
perceptores de las subvenciones.
4)
EC
√
Código. Rec
3)
CP
CT
√
√
A LA DIRECCIÓN GENERAL DEL PATRIMONIO DEL ESTADO
Código. Rec
Recomendaciones formuladas
1.217 - 1
Establecer los cauces necesarios entre los diferentes departamentos ministeriales y la Dirección
General del Patrimonio del Estado con objeto de definir los criterios de gestión de inmuebles
adecuados, para que las fundaciones del sector público puedan integrar, convenientemente, los
inmuebles en los que desarrollan su actividad fundacional en el conjunto de los de carácter
público.
CT
CP
√
EC
cve: BOE-A-2025-13711
Verificable en https://www.boe.es
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