Ministerio de Transportes y Movilidad SostenibleV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-24896)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental por el que se publica la aprobación provisional y se ordena la incoación del expediente de información pública del Proyecto de Trazado "Autovia A-12, del Camino de Santiago. Tramo: Ibeas de Juarros – Burgos". Provincia de Burgos. Clave: 12-BU-4440.T.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 1 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38042
4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Oriental que:
a. De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta
el Proyecto al preceptivo informe de la Comunidad Autónoma y Corporaciones
Locales que pudieran ser afectadas.
b. De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta el
Proyecto a informe de los departamentos ministeriales a los que pueda afectar.
c. Remita un ejemplar del proyecto de trazado a las corporaciones locales
afectadas, para su exposición al público, en cumplimiento del artículo 34.7 del
Reglamento General de carreteras.
d. Someta la modificación del trazado de las vías pecuarias a informe del
Órgano competente en materia de vías pecuarias de la Comunidad Autónoma y
consulta previa de las Corporaciones locales, de las Cámaras agrarias y de las
organizaciones profesionales agrarias afectadas, en cumplimiento del artículo 11
de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.
e. Lleve a cabo los trámites necesarios para que el contenido íntegro de la
presente resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de 16 de
diciembre de 1954, de expropiación forzosa, sean publicadas en el Boletín Oficial
del Estado, Boletín Oficial de la provincia de Burgos y en uno de los diarios de
mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los
ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que sean fijadas
en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).
f. Señale el lugar de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar
a disposición de las personas que lo soliciten a través de la sede electrónica del
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo ordenado en dicha Resolución y de acuerdo con el
artículo 12 de la vigente Ley de Carreteras 37/2015, y concordantes de su
Reglamento se somete a información pública, durante el plazo de treinta (30) días
hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las
publicaciones reglamentarias. Las observaciones que se formulen habrán de
dirigirse a esta Demarcación de Carreteras y deberán versar sobre las
circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y
sobre la concepción global de su trazado.
Asimismo, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en cumplimiento de lo
establecido en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954 sobre la necesidad de ocupación y concordantes de su
Reglamento aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 (BOE de 20 de junio de
1957), se somete a trámite de información pública durante un plazo de treinta días
hábiles la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se
consideran de necesaria ocupación, que se hará pública en el Boletín Oficial del
Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y en uno de los diarios de
mayor circulación de la provincia.
cve: BOE-B-2025-24896
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 157
Martes 1 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 38042
4. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León
Oriental que:
a. De acuerdo con el artículo 16.1 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta
el Proyecto al preceptivo informe de la Comunidad Autónoma y Corporaciones
Locales que pudieran ser afectadas.
b. De acuerdo con el artículo 8 de la Ley 37/2015, de carreteras, se someta el
Proyecto a informe de los departamentos ministeriales a los que pueda afectar.
c. Remita un ejemplar del proyecto de trazado a las corporaciones locales
afectadas, para su exposición al público, en cumplimiento del artículo 34.7 del
Reglamento General de carreteras.
d. Someta la modificación del trazado de las vías pecuarias a informe del
Órgano competente en materia de vías pecuarias de la Comunidad Autónoma y
consulta previa de las Corporaciones locales, de las Cámaras agrarias y de las
organizaciones profesionales agrarias afectadas, en cumplimiento del artículo 11
de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.
e. Lleve a cabo los trámites necesarios para que el contenido íntegro de la
presente resolución y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de 16 de
diciembre de 1954, de expropiación forzosa, sean publicadas en el Boletín Oficial
del Estado, Boletín Oficial de la provincia de Burgos y en uno de los diarios de
mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los
ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que sean fijadas
en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).
f. Señale el lugar de exhibición del expediente, que, en todo caso, deberá estar
a disposición de las personas que lo soliciten a través de la sede electrónica del
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
Administraciones Públicas.
En cumplimiento de lo ordenado en dicha Resolución y de acuerdo con el
artículo 12 de la vigente Ley de Carreteras 37/2015, y concordantes de su
Reglamento se somete a información pública, durante el plazo de treinta (30) días
hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente al de la última fecha de las
publicaciones reglamentarias. Las observaciones que se formulen habrán de
dirigirse a esta Demarcación de Carreteras y deberán versar sobre las
circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera y
sobre la concepción global de su trazado.
Asimismo, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en cumplimiento de lo
establecido en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16
de diciembre de 1954 sobre la necesidad de ocupación y concordantes de su
Reglamento aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 (BOE de 20 de junio de
1957), se somete a trámite de información pública durante un plazo de treinta días
hábiles la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se
consideran de necesaria ocupación, que se hará pública en el Boletín Oficial del
Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y en uno de los diarios de
mayor circulación de la provincia.
cve: BOE-B-2025-24896
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Núm. 157