Comisión Nacional de Los Mercados y La Competencia. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-13329)
Resolución de 19 de junio de 2025, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86452
– Tutor en la Universidad:
Nombre y apellidos del Tutor:
Departamento:
Correo electrónico:
Teléfono:
Obligaciones del estudiante:
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del Acuerdo de
Cooperación Educativa al que se acoge este anexo y asumirlos en la formulación y
contenido convenidos. Especialmente, el estudiante se compromete a:
– Incorporarse a la CNMC en la fecha acordada.
– Cumplir el horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales.
– Cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones de los tutores.
– Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la CNMC y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez
finalizada ésta. Asimismo, deberá observar la normativa vigente en materia de propiedad
intelectual e industrial, y protección de secretos comerciales e industriales, siguiendo las
directrices e instrucciones de la CNMC en esta materia.
– A la conclusión de las prácticas curriculares, elaborar y entregar al tutor de la
Universidad una Memoria Final.
Obligaciones de la CNMC:
– Acoger al estudiante y organizar sus actividades con arreglo a lo establecido en el
Proyecto Formativo.
– Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas curriculares, y prestar
ayuda al estudiante en la resolución de las cuestiones que pueda necesitar en el
desempeño de la actividad que realiza.
– Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
– Remitir al tutor académico de la Universidad la Memoria Final elaborada por el
alumno, acompañándola de una valoración de su comportamiento y aprovechamiento
durante las prácticas curriculares.
– Cumplir con aquellas otras obligaciones previstas en la normativa vigente y que
resulten de aplicación.
– Llevar a cabo la tutela del estudiante.
– Mantenerle en el régimen del Seguro Escolar y suscribir adicionalmente un seguro
de accidentes y responsabilidad civil.
– Asumir el cumplimiento de todas las obligaciones para con la Seguridad Social
derivadas de la realización, por parte del alumno, de prácticas curriculares no
remuneradas en la CNMC.
– Respetar los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por el estudiante
en la CNMC.
– En el caso que proceda, otorgar, tras recibir el informe del tutor de la CNMC, la
pertinente calificación de las prácticas curriculares, que se hará constar en el expediente
académico del estudiante.
cve: BOE-A-2025-13329
Verificable en https://www.boe.es
Obligaciones de la Universidad:
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86452
– Tutor en la Universidad:
Nombre y apellidos del Tutor:
Departamento:
Correo electrónico:
Teléfono:
Obligaciones del estudiante:
El estudiante declara tener conocimiento de los términos del Acuerdo de
Cooperación Educativa al que se acoge este anexo y asumirlos en la formulación y
contenido convenidos. Especialmente, el estudiante se compromete a:
– Incorporarse a la CNMC en la fecha acordada.
– Cumplir el horario previsto y respetar sus normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales.
– Cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones de los tutores.
– Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la CNMC y
guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y una vez
finalizada ésta. Asimismo, deberá observar la normativa vigente en materia de propiedad
intelectual e industrial, y protección de secretos comerciales e industriales, siguiendo las
directrices e instrucciones de la CNMC en esta materia.
– A la conclusión de las prácticas curriculares, elaborar y entregar al tutor de la
Universidad una Memoria Final.
Obligaciones de la CNMC:
– Acoger al estudiante y organizar sus actividades con arreglo a lo establecido en el
Proyecto Formativo.
– Supervisar, orientar y controlar el desarrollo de las prácticas curriculares, y prestar
ayuda al estudiante en la resolución de las cuestiones que pueda necesitar en el
desempeño de la actividad que realiza.
– Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
– Remitir al tutor académico de la Universidad la Memoria Final elaborada por el
alumno, acompañándola de una valoración de su comportamiento y aprovechamiento
durante las prácticas curriculares.
– Cumplir con aquellas otras obligaciones previstas en la normativa vigente y que
resulten de aplicación.
– Llevar a cabo la tutela del estudiante.
– Mantenerle en el régimen del Seguro Escolar y suscribir adicionalmente un seguro
de accidentes y responsabilidad civil.
– Asumir el cumplimiento de todas las obligaciones para con la Seguridad Social
derivadas de la realización, por parte del alumno, de prácticas curriculares no
remuneradas en la CNMC.
– Respetar los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por el estudiante
en la CNMC.
– En el caso que proceda, otorgar, tras recibir el informe del tutor de la CNMC, la
pertinente calificación de las prácticas curriculares, que se hará constar en el expediente
académico del estudiante.
cve: BOE-A-2025-13329
Verificable en https://www.boe.es
Obligaciones de la Universidad: