Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Ayudas. (BOE-A-2025-13298)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 12 de junio de 2025, por el que se modifica el Acuerdo de 21 de julio de 2021, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados al Programa para la mejora de la competencia digital educativa #CompDigEdu, en el ejercicio presupuestario 2021, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Capacidades Digitales» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86196
de información y de rendición de cuentas de la utilización de las cantidades recibidas
por conferencia sectorial y condiciones para su rendición; obligación de sometimiento
a las disposiciones comunitarias sobre el MRR; y consecuencias de los posibles
incumplimientos por parte de las CCAA.
Por Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de Educación (BOE
del 3 de agosto), fue aprobada la propuesta de distribución territorial y los criterios de
reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al programa
para la mejora de la competencia digital educativa #CompDigEdu, en el ejercicio
presupuestario 2022, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Capacidades
Digitales» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) por importe
de 278.741.600,00 euros.
En el citado Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de
Educación, se modificó el del 21 de julio de 2021 en los apartados de su anexo relativos
a normativa aplicable, objetivos del programa, distribución resultante, plazo de ejecución,
actuaciones del programa, compromisos del Ministerio de Educación y Formación Profesional
y de las Comunidades Autónomas, hitos e indicadores, justificación y verificación y obligación
de sometimiento a las disposiciones comunitarias sobre el MRR y consecuencias de los
posibles incumplimientos por parte de las CCAA.
Por otra parte, en el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo de 10 de octubre
de 2023, se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo (UE) (ST 10150/2021;
ST 10150/2021 ADD 1 REV 1), de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la
evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, recogiendo, entre otras, la
modificación del plazo de ejecución del hito CID 290 «Finalización de las acciones para
la transformación digital de la educación» del Componente 19, Inversión 2, ampliándolo
hasta el cuarto trimestre de 2025.
Ante la necesidad de disponer de todo el período de ejecución, recogido en el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que establece como fecha de cumplimiento
del citado hito CID 290 hasta el cuarto trimestre de 2025, se considera imprescindible la
ampliación del período de ejecución del programa para la mejora de la competencia
digital educativa.
Respecto a la tramitación de este acuerdo, cabe señalar que, según lo dispuesto en
la Disposición Adicional Primera, apartado cinco de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogados para 2025, con
carácter previo al acuerdo de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos
regulado en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
se ha realizado la comunicación preceptiva y previa al Ministerio de Hacienda, en fecha
de 3 de marzo de 2025, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, a
la que se ha incorporado la información relativa a la actuación a realizar.
En su virtud, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las
Comunidades Autónomas,
ACUERDAN:
Aprobar la modificación del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21
de julio de 2021 (BOE del 23 de septiembre) en los apartados de su anexo relativos a
normativa aplicable, plazo de ejecución y justificación y verificación, con la siguiente
redacción:
En el apartado 1, Normativa aplicable, se añade lo siguiente:
«Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo
de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Adenda de 14 de enero de 2025 relativa al Documento CID.»
cve: BOE-A-2025-13298
Verificable en https://www.boe.es
Primero.
Núm. 156
Lunes 30 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 86196
de información y de rendición de cuentas de la utilización de las cantidades recibidas
por conferencia sectorial y condiciones para su rendición; obligación de sometimiento
a las disposiciones comunitarias sobre el MRR; y consecuencias de los posibles
incumplimientos por parte de las CCAA.
Por Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de Educación (BOE
del 3 de agosto), fue aprobada la propuesta de distribución territorial y los criterios de
reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas destinados al programa
para la mejora de la competencia digital educativa #CompDigEdu, en el ejercicio
presupuestario 2022, en el marco del componente 19 «Plan Nacional de Capacidades
Digitales» del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) por importe
de 278.741.600,00 euros.
En el citado Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de
Educación, se modificó el del 21 de julio de 2021 en los apartados de su anexo relativos
a normativa aplicable, objetivos del programa, distribución resultante, plazo de ejecución,
actuaciones del programa, compromisos del Ministerio de Educación y Formación Profesional
y de las Comunidades Autónomas, hitos e indicadores, justificación y verificación y obligación
de sometimiento a las disposiciones comunitarias sobre el MRR y consecuencias de los
posibles incumplimientos por parte de las CCAA.
Por otra parte, en el anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo de 10 de octubre
de 2023, se modifica la Decisión de Ejecución del Consejo (UE) (ST 10150/2021;
ST 10150/2021 ADD 1 REV 1), de 13 de julio de 2021, relativa a la aprobación de la
evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, recogiendo, entre otras, la
modificación del plazo de ejecución del hito CID 290 «Finalización de las acciones para
la transformación digital de la educación» del Componente 19, Inversión 2, ampliándolo
hasta el cuarto trimestre de 2025.
Ante la necesidad de disponer de todo el período de ejecución, recogido en el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que establece como fecha de cumplimiento
del citado hito CID 290 hasta el cuarto trimestre de 2025, se considera imprescindible la
ampliación del período de ejecución del programa para la mejora de la competencia
digital educativa.
Respecto a la tramitación de este acuerdo, cabe señalar que, según lo dispuesto en
la Disposición Adicional Primera, apartado cinco de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre
de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 prorrogados para 2025, con
carácter previo al acuerdo de Conferencia Sectorial sobre distribución de créditos
regulado en el artículo 86.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria
se ha realizado la comunicación preceptiva y previa al Ministerio de Hacienda, en fecha
de 3 de marzo de 2025, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, a
la que se ha incorporado la información relativa a la actuación a realizar.
En su virtud, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y las
Comunidades Autónomas,
ACUERDAN:
Aprobar la modificación del Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 21
de julio de 2021 (BOE del 23 de septiembre) en los apartados de su anexo relativos a
normativa aplicable, plazo de ejecución y justificación y verificación, con la siguiente
redacción:
En el apartado 1, Normativa aplicable, se añade lo siguiente:
«Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo
de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
Adenda de 14 de enero de 2025 relativa al Documento CID.»
cve: BOE-A-2025-13298
Verificable en https://www.boe.es
Primero.