Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-13292)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Política Interior, por la que se publican las subvenciones estatales anuales, para sufragar los gastos de seguridad, a las diferentes formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados, durante el segundo trimestre del ejercicio 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 86159

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DEL INTERIOR
13292

Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Política
Interior, por la que se publican las subvenciones estatales anuales, para
sufragar los gastos de seguridad, a las diferentes formaciones políticas con
representación en el Congreso de los Diputados, durante el segundo
trimestre del ejercicio 2025.

En virtud de lo establecido en el apartado primero del artículo 3 de la Ley
Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos, «El Estado
otorgará a los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados,
subvenciones anuales no condicionadas, con cargo a los Presupuestos Generales del
Estado, para atender sus gastos de funcionamiento.
Igualmente, podrá incluirse en los Presupuestos Generales del Estado una
asignación anual para sufragar los gastos de seguridad en los que incurran los partidos
políticos para mantener su actividad política e institucional».
La finalidad de la subvención, que se abona en doce mensualidades, es para
sufragar gastos de seguridad y se concreta en el montante anual incluido en los
Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio correspondiente, que se consigna
en el programa 924M, Elecciones y Partidos Políticos, con cargo a la Sección 16,
Servicio 01 y Concepto 484, Asignación anual a Partidos Políticos para sufragar gastos
de seguridad.
El artículo 4 del Real Decreto 1306/2011, de 26 de septiembre, por el que se regula
la tramitación de las subvenciones estatales anuales para sufragar los gastos de
seguridad en que incurran los partidos políticos dispone que «la Dirección General de
Política Interior publicará trimestralmente en el "Boletín Oficial del Estado" las cantidades
concedidas en cada período a cada entidad política, con expresión del programa y
crédito presupuestario al que se imputen, entidad beneficiaria, cantidad concedida
y finalidad de la subvención».
En aplicación del artículo 4 del Real Decreto 1306/2011, de 26 de septiembre,
se hace público mediante su inserción en el «Boletín Oficial del Estado» que, durante
el segundo trimestre del presente ejercicio presupuestario de 2025, la mencionada
subvención se ha llevado a efecto, ordenándose el pago de las siguientes cantidades
a las entidades beneficiarias.
Cuantía

Euros

PARTIDO POPULAR.

242.405,19

PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL.

190.381,65

VOX.

78.999,75

COALICIÓN SUMAR:
MOVIMIENTO SUMAR.

26.360,19

PODEMOS.

17.821,41

IZQUIERDA UNIDA.

14.722,02

CATALUNYA EN COMÚ.

13.931,70

cve: BOE-A-2025-13292
Verificable en https://www.boe.es

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