Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2025-13317)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Consumo, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 156

Lunes 30 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 86340

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
13317

Resolución de 18 de junio de 2025, de la Dirección General de Consumo, por
la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el desarrollo del
arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito.

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Consejería de
Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla han suscrito, con
fecha 17 de junio de 2025, un convenio para el desarrollo del arbitraje de consumo en su
correspondiente ámbito, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 18 de junio de 2025.–El Director General de Consumo, Daniel Arribas
González.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030,
la Consejería de Políticas Sociales y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de
Melilla, para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito
En Madrid, a 17 de junio de 2025.
REUNIDOS

EXPONEN
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el capítulo II, del título V, del
libro primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores
y Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,

cve: BOE-A-2025-13317
Verificable en https://www.boe.es

De una parte, don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, de acuerdo con el nombramiento efectuado por Real
Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran Ministros del Gobierno y
de conformidad con lo establecido en el artículo 61, letra k), de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, doña Randa Mohamed El Aoula, Consejera de Políticas Sociales y
Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrada por Decreto del Presidente
núm.307, de fecha 10 de julio de 2023, conforme a lo dispuesto en el Acuerdo del
Consejo de Gobierno de fecha 28 de julio de 2023, relativo al Decreto de distribución de
competencias entre las Consejerías de la ciudad.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo, y Agenda 2030, y de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y