Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-13196)
Resolución 420/38301/2025, de 20 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pablo de Olavide, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ejército de Tierra y la realización de acciones formativas en áreas de interés común.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155

Sábado 28 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 85602

DECLARACIÓN DE CONFORMIDAD DEL ESTUDIANTE AL CONVENIO ENTRE
EL MINISTERIO DE DEFENSA Y LA UNIVERSIDAD PABLO DE OLAVIDE PARA
LA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS ACADÉMICAS EXTERNAS EN UNIDADES,
CENTROS Y ORGANISMOS DEL EJÉRCITO DE TIERRA Y LA REALIZACIÓN
DE ACCIONES FORMATIVAS EN ÁREAS DE INTERÉS COMÚN
El estudiante, abajo firmante, declara su conformidad para realizar prácticas, al
amparo del convenio arriba citado, ateniéndose a la normativa vigente y se compromete a:
a) Cumplir la normativa vigente relativa a prácticas externas establecida por la universidad.
b) Conocer y cumplir el Proyecto Formativo de las prácticas siguiendo las
indicaciones del tutor asignado por la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa bajo
la supervisión del tutor académico de la universidad.
c) Mantener contacto con el tutor académico de la universidad durante el desarrollo
de la práctica y comunicarle cualquier incidencia que pueda surgir en el mismo, así como
hacer entrega de los documentos e informes de seguimiento intermedio y la memoria
final que le sean requeridos.
d) Incorporarse a la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa en la fecha
acordada, cumplir el horario previsto en el Proyecto Formativo y respetar las normas de
funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales de la misma.
e) Desarrollar el Proyecto Formativo y cumplir con diligencia las actividades
acordadas con la unidad colaboradora conforme a las líneas establecidas en el mismo.
f) Elaborar la memoria final de las prácticas, prevista en el artículo 14 del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios, y, en su caso, el informe intermedio según
instrucciones de la Universidad.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna de la unidad
colaboradora del Ministerio de Defensa y guardar secreto profesional sobre sus
actividades, durante su estancia y finalizada esta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia el Ministerio de
Defensa, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.

a) A la tutela, durante el período de duración de la correspondiente práctica, por un
profesor de la universidad y por un profesional que preste servicios en la unidad
colaboradora del Ministerio de Defensa donde se realice la misma.
b) A la evaluación de acuerdo con los criterios establecidos por la universidad.
c) A la obtención de un informe por parte de la unidad colaboradora del Ministerio
de Defensa donde ha realizado las prácticas, con mención expresa de la actividad
desarrollada, su duración y, en su caso, su rendimiento.
d) A la propiedad intelectual e industrial en los términos establecidos en la
legislación reguladora de la materia.
e) A recibir, por parte de la unidad colaboradora del Ministerio de Defensa,
información de la normativa de seguridad y prevención de riesgos laborales.
f) A cumplir con su actividad académica, formativa y de representación y
participación, previa comunicación con antelación suficiente a la unidad colaboradora del
Ministerio de Defensa.
g) A conciliar, en el caso de los estudiantes con discapacidad, la realización de las
prácticas con aquellas actividades y situaciones personales derivadas o conectadas con
la situación de discapacidad.
h) A disfrutar de los permisos reconocidos en la normativa en vigor.
Lugar, fecha (día, mes y año):
Enterado y conforme.
El estudiante:
Nombre y apellidos:
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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