Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2025-13223)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y la Universidad de La Laguna, para la realización de prácticas académicas externas curriculares en la Intervención General de la Seguridad Social.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 155
Sábado 28 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 85790
Por otra parte, se considera que el presente convenio cumple con lo que establece el
artículo 48.3 de la LRJSP, en cuanto tiene por objeto contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública, contribuyendo a complementar la formación académica
proporcionada por las universidades a los alumnos y así favorecer su empleabilidad.
En función de lo anterior:
1. La Universidad de La Laguna tiene interés en el desarrollo de un Programa de
Cooperación Educativa a través del cual se canaliza el interés de participación de
empresas y Administraciones Públicas.
2. Tal es el caso de la IGSS, que asume como finalidad de las prácticas logros tales
como:
a) Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su
aprendizaje teórico y práctico.
b) Facilitar el conocimiento y metodología de trabajo adecuados a la realidad
profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los
conocimientos adquiridos.
c) Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y
participativas.
d) Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de
trabajo y mejore su empleabilidad futura.
e) Favorecer los valores de innovación, la creatividad y el emprendimiento.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la IGSS y la
Universidad de La Laguna para determinar las condiciones en las que los estudiantes
matriculados en la asignatura de prácticas académicas de estudios oficiales de grado o
master que imparte la Universidad realicen prácticas de formación curriculares, de
manera no remunerada, en la IGSS, que conduzcan a completar sus estudios
universitarios.
Segunda.
Obligaciones de la Universidad de La Laguna.
La Universidad de La Laguna impartirá las enseñanzas oficiales de los grados y
estudios de máster en áreas económicas o jurídicas entre otras, según su Plan de
Estudios vigente. A tal fin, dedicará el personal docente necesario, desarrollará la
estructura organizativa que el programa exige, y designará al profesor/a que haya de
atender a los estudiantes incorporados a él, a modo de tutor académico.
La IGSS recibirá a los estudiantes durante el curso académico por periodos de hasta
seis meses, responsabilizándose de su formación durante esos períodos y designando
un responsable que actuará como tutor de los alumnos a ella confiados. Dicho tutor será
un funcionario del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de
la Seguridad Social, con experiencia profesional y conocimientos necesarios para
realizar una tutela efectiva y será interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la
unidad de prácticas externas. Dicha labor será reconocida por la Universidad de La
Laguna según lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
cve: BOE-A-2025-13223
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Obligaciones de la IGSS.
Núm. 155
Sábado 28 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 85790
Por otra parte, se considera que el presente convenio cumple con lo que establece el
artículo 48.3 de la LRJSP, en cuanto tiene por objeto contribuir a la realización de
actividades de utilidad pública, contribuyendo a complementar la formación académica
proporcionada por las universidades a los alumnos y así favorecer su empleabilidad.
En función de lo anterior:
1. La Universidad de La Laguna tiene interés en el desarrollo de un Programa de
Cooperación Educativa a través del cual se canaliza el interés de participación de
empresas y Administraciones Públicas.
2. Tal es el caso de la IGSS, que asume como finalidad de las prácticas logros tales
como:
a) Contribuir a la formación integral de los estudiantes complementando su
aprendizaje teórico y práctico.
b) Facilitar el conocimiento y metodología de trabajo adecuados a la realidad
profesional en que los estudiantes habrán de operar, contrastando y aplicando los
conocimientos adquiridos.
c) Favorecer el desarrollo de competencias técnicas, metodológicas, personales y
participativas.
d) Obtener una experiencia práctica que facilite la inserción en el mercado de
trabajo y mejore su empleabilidad futura.
e) Favorecer los valores de innovación, la creatividad y el emprendimiento.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio, que se regirá por
las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre la IGSS y la
Universidad de La Laguna para determinar las condiciones en las que los estudiantes
matriculados en la asignatura de prácticas académicas de estudios oficiales de grado o
master que imparte la Universidad realicen prácticas de formación curriculares, de
manera no remunerada, en la IGSS, que conduzcan a completar sus estudios
universitarios.
Segunda.
Obligaciones de la Universidad de La Laguna.
La Universidad de La Laguna impartirá las enseñanzas oficiales de los grados y
estudios de máster en áreas económicas o jurídicas entre otras, según su Plan de
Estudios vigente. A tal fin, dedicará el personal docente necesario, desarrollará la
estructura organizativa que el programa exige, y designará al profesor/a que haya de
atender a los estudiantes incorporados a él, a modo de tutor académico.
La IGSS recibirá a los estudiantes durante el curso académico por periodos de hasta
seis meses, responsabilizándose de su formación durante esos períodos y designando
un responsable que actuará como tutor de los alumnos a ella confiados. Dicho tutor será
un funcionario del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Administración de
la Seguridad Social, con experiencia profesional y conocimientos necesarios para
realizar una tutela efectiva y será interlocutor con el estudiante, el tutor académico y la
unidad de prácticas externas. Dicha labor será reconocida por la Universidad de La
Laguna según lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
cve: BOE-A-2025-13223
Verificable en https://www.boe.es
Tercera. Obligaciones de la IGSS.