Ministerio de Industria y Turismo. III. Otras disposiciones. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2025-13129)
Resolución de 18 de junio de 2025, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica la segunda Adenda modificativa de los Convenios con la Ciudad de Melilla, para la ejecución de la Estrategia de Resiliencia Turística, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 154
Viernes 27 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 85142
Ministros de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (en adelante, PRTR), que fue publicado mediante Resolución de 29 de abril
de 2021, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital («Boletín
Oficial del Estado» núm. 103, de 30 de abril de 2021). Finalmente, el PRTR fue aprobado
por Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.
El PRTR incluye, como Componente 14, el Plan de Modernización y Competitividad
del Sector Turístico (en adelante, PMCST), cuya inversión tercera se refiere a
«Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» (Islas Canarias,
Illes Balears, Ceuta y Melilla), con el objeto de responder a los retos específicos a los
que se enfrenta el sector turístico en esos territorios.
Segundo.
Para la ejecución de la «Estrategia de resiliencia turística para territorios
extrapeninsulares» se han promulgado tres reales decretos de concesión directa de
subvenciones a las mencionadas comunidades y ciudades autónomas (Real
Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 22 de
diciembre de 2021); Real Decreto 449/2022, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado»
núm. 142, de 15 de junio de 2022); y Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
(«Boletín Oficial del Estado» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022), correspondiendo a
la Ciudad Autónoma de Melilla subvenciones por importes de 3, 5 y 2 millones de euros,
respectivamente, conforme a cada uno de los reales decretos.
A su vez, en ejecución de tales reales decretos, se han suscrito tres convenios con
cada una de las comunidades y ciudades autónomas, que constituyen bases reguladoras
complementarias de dichas subvenciones. Específicamente, con la Ciudad Autónoma de
Melilla se han firmado los siguientes:
a) Convenio de 9 de septiembre de 2022, para instrumentar la subvención de 3
millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» número 255 de 24 de octubre de 2022).
b) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 5
millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio («Boletín Oficial
del Estado» número 79 de 3 de abril de 2023).
c) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 2
millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» número 79 de 3 de abril de 2023).
Tercero.
El periodo para la ejecución de las actuaciones se estableció de 1 de febrero de 2020
a 31 de diciembre de 2024 (cláusulas 5.ª de los tres convenios).
Posteriormente en virtud del Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, se modificaron el
Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; y
el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, de concesión directa de subvenciones. En
concreto se modificaron los artículos 5 de los Reales Decretos en el sentido de ampliar el
plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 30 de junio de 2025.
Así mismo, se modificó el artículo 14 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de
diciembre; y el artículo 15 del Real Decreto 449/2022, de 14 de junio y el artículo 15 del
Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, que introdujeron la posibilidad de que las
administraciones beneficiarias puedan solicitar, con carácter excepcional, la modificación
del contenido de los convenios y de las actuaciones previstas cuando aparezcan
circunstancias sobrevenidas que alteren o dificulten el cumplimiento de la finalidad de la
subvención.
cve: BOE-A-2025-13129
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 154
Viernes 27 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 85142
Ministros de 27 de abril de 2021, aprobó el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia (en adelante, PRTR), que fue publicado mediante Resolución de 29 de abril
de 2021, de la Subsecretaría de Asuntos Económicos y Transformación Digital («Boletín
Oficial del Estado» núm. 103, de 30 de abril de 2021). Finalmente, el PRTR fue aprobado
por Decisión de Ejecución del Consejo de 13 de julio de 2021.
El PRTR incluye, como Componente 14, el Plan de Modernización y Competitividad
del Sector Turístico (en adelante, PMCST), cuya inversión tercera se refiere a
«Estrategias de resiliencia turística para territorios extrapeninsulares» (Islas Canarias,
Illes Balears, Ceuta y Melilla), con el objeto de responder a los retos específicos a los
que se enfrenta el sector turístico en esos territorios.
Segundo.
Para la ejecución de la «Estrategia de resiliencia turística para territorios
extrapeninsulares» se han promulgado tres reales decretos de concesión directa de
subvenciones a las mencionadas comunidades y ciudades autónomas (Real
Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 305, de 22 de
diciembre de 2021); Real Decreto 449/2022, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado»
núm. 142, de 15 de junio de 2022); y Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre,
(«Boletín Oficial del Estado» núm. 292, de 6 de diciembre de 2022), correspondiendo a
la Ciudad Autónoma de Melilla subvenciones por importes de 3, 5 y 2 millones de euros,
respectivamente, conforme a cada uno de los reales decretos.
A su vez, en ejecución de tales reales decretos, se han suscrito tres convenios con
cada una de las comunidades y ciudades autónomas, que constituyen bases reguladoras
complementarias de dichas subvenciones. Específicamente, con la Ciudad Autónoma de
Melilla se han firmado los siguientes:
a) Convenio de 9 de septiembre de 2022, para instrumentar la subvención de 3
millones de euros prevista en el Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» número 255 de 24 de octubre de 2022).
b) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 5
millones de euros prevista en el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio («Boletín Oficial
del Estado» número 79 de 3 de abril de 2023).
c) Convenio de 30 de diciembre de 2022, para instrumentar la subvención de 2
millones de euros prevista en el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre («Boletín
Oficial del Estado» número 79 de 3 de abril de 2023).
Tercero.
El periodo para la ejecución de las actuaciones se estableció de 1 de febrero de 2020
a 31 de diciembre de 2024 (cláusulas 5.ª de los tres convenios).
Posteriormente en virtud del Real Decreto 519/2024, de 4 de junio, se modificaron el
Real Decreto 1118/2021, de 21 de diciembre; el Real Decreto 449/2022, de 14 de junio; y
el Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, de concesión directa de subvenciones. En
concreto se modificaron los artículos 5 de los Reales Decretos en el sentido de ampliar el
plazo de ejecución de las actuaciones hasta el 30 de junio de 2025.
Así mismo, se modificó el artículo 14 del Real Decreto 1118/2021, de 21 de
diciembre; y el artículo 15 del Real Decreto 449/2022, de 14 de junio y el artículo 15 del
Real Decreto 1011/2022, de 5 de diciembre, que introdujeron la posibilidad de que las
administraciones beneficiarias puedan solicitar, con carácter excepcional, la modificación
del contenido de los convenios y de las actuaciones previstas cuando aparezcan
circunstancias sobrevenidas que alteren o dificulten el cumplimiento de la finalidad de la
subvención.
cve: BOE-A-2025-13129
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Cuarto.