Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. III. Otras disposiciones. Ciudad de Ceuta. Convenio. (BOE-A-2025-13070)
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General de Consumo y Juego, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84708
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
13070
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para el
desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta han suscrito, con
fecha 10 de junio de 2025, un convenio para el desarrollo del arbitraje de consumo en su
correspondiente ámbito, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 17 de junio de 2025.–El Secretario General de Consumo y Juego, Andrés
Barragán Urbiola.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta,
para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito
En Madrid, a 10 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, de acuerdo con el nombramiento efectuado por Real
Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran Ministros del Gobierno y
de conformidad con lo establecido en el artículo 61, letra k), de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, doña Nabila Benzina Pavón, Consejera de Sanidad y Servicios
Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, nombrada por Decreto de la Presidencia,
de 23 de junio 2023.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo, y Agenda 2030 y de la Ciudad Autónoma de Ceuta,
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el capítulo II, del título V, del libro
primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,
establece el régimen jurídico del Sistema Arbitral de Consumo, facultando al Gobierno
cve: BOE-A-2025-13070
Verificable en https://www.boe.es
EXPONEN
Núm. 153
Jueves 26 de junio de 2025
Sec. III. Pág. 84708
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO
Y AGENDA 2030
13070
Resolución de 17 de junio de 2025, de la Secretaría General de Consumo y
Juego, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Ceuta, para el
desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y la Consejería de
Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta han suscrito, con
fecha 10 de junio de 2025, un convenio para el desarrollo del arbitraje de consumo en su
correspondiente ámbito, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito
en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
Público Estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho
convenio, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 17 de junio de 2025.–El Secretario General de Consumo y Juego, Andrés
Barragán Urbiola.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
y la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta,
para el desarrollo del arbitraje de consumo en su correspondiente ámbito
En Madrid, a 10 de junio de 2025.
REUNIDOS
De una parte, don Pablo Bustinduy Amador, Ministro de Derechos Sociales,
Consumo y Agenda 2030, de acuerdo con el nombramiento efectuado por Real
Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, por el que se nombran Ministros del Gobierno y
de conformidad con lo establecido en el artículo 61, letra k), de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y de otra parte, doña Nabila Benzina Pavón, Consejera de Sanidad y Servicios
Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta, nombrada por Decreto de la Presidencia,
de 23 de junio 2023.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo, y Agenda 2030 y de la Ciudad Autónoma de Ceuta,
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
En cumplimiento del mandato constitucional, el capítulo II, del título V, del libro
primero, del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y
Usuarios, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre,
establece el régimen jurídico del Sistema Arbitral de Consumo, facultando al Gobierno
cve: BOE-A-2025-13070
Verificable en https://www.boe.es
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