Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-13061)
Resolución de 10 de junio de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 30 de mayo de 2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Sec. III. Pág. 84674

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA
DEMOCRÁTICA
13061

Resolución de 10 de junio de 2025, de la Secretaría General de Coordinación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de 30 de mayo de 2025, de la
Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración
de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con la Ley 8/2024,
de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025.

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de
octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de
enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del
Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 10 de junio de 2025.–La Secretaria General de Coordinación Territorial,
Miryam Álvarez Páez.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración del EstadoAdministración de la Comunidad Autónoma del País Vasco en relación con la
Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2025
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración del Estado-Administración de la
Comunidad Autónoma del País Vasco, ha adoptado el siguiente Acuerdo:
I. De conformidad con las negociaciones previas llevadas a cabo por el grupo de
trabajo constituido por el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación
Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco
para el estudio y la propuesta de solución de las discrepancias manifestadas en relación
con la disposición adicional octava de la Ley 8/2024, de 20 de diciembre, por la que se
aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el
ejercicio 2025, ambas partes las consideran solventadas de conformidad con los
siguientes compromisos y consideraciones:

II. En razón del acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las
discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial del País Vasco».
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–La
Consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, Maria Ubarretxena Cid.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2025-13061
Verificable en https://www.boe.es

Ambas partes coinciden en considerar que el precepto resulta conforme al orden
competencial y habrá de aplicarse e interpretarse de conformidad con lo dispuesto en la
normativa básica estatal vigente o con la que se dicte, en su caso, a este respecto.