Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-24104)
Corrección de errores del Extracto de la Resolución de 27 de mayo de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., por la que se aprueba la publicación de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para apoyo a programas y proyectos de impulso a la bioeconomía, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER)
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 153

Jueves 26 de junio de 2025

Sec. V-B. Pág. 36921

artículo 2.1.i) y 2.6 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, y se regirá
según lo dispuesto en el artículo 4 de la presente convocatoria."
Debe decir:
"Primero.- Beneficiarios.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2 de la Orden TED/1060/2024, de
25 de septiembre, en la línea de ayuda 4, podrán obtener la condición de entidad
beneficiaria las siguientes entidades:
a) Entidades y organizaciones sin ánimo de lucro.
b) Organismos públicos de investigación de la Administración General del
Estado y de las Comunidades Autónomas.
c) Universidades públicas y sus Institutos universitarios que estén inscritas en
el Registro de Universidades, Centros y Títulos.
d) Organizaciones y colegios profesionales.
e) Entidades que integran la Administración Local y consorcios, así como los
organismos públicos y entidades de derecho público no sujetos al derecho privado.
f) Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica sin
ánimo de lucro de ámbito estatal.
g) Centros públicos o privados sin ánimo de lucro de I+D+i que en sus
estatutos o en la normativa que los regule incluya la I+D+i.
h) Agrupaciones de personas jurídicas, públicas o privadas que, aun
careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos objeto de
subvención. Las agrupaciones deberán estar conformadas por las entidades
mencionadas en los apartados anteriores. El número máximo de integrantes de
una agrupación se establece en cuatro y deberán cumplir las condiciones del
artículo 2.1.i) y 2.6 de la Orden TED/1060/2024, de 25 de septiembre, y se regirá
según lo dispuesto en el artículo 4 de la presente convocatoria."
Madrid, 24 de junio de 2025.- El Director de la Fundación Biodiversidad, F.S.P.,
Félix Romero Cañizares.

cve: BOE-B-2025-24104
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X