Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. Destinos. (BOE-A-2025-12684)
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, por la que se resuelve el concurso general, convocado por Resolución de 24 de febrero de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. II.A. Pág. 82585
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
12684
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal de
Seguridad Ferroviaria, por la que se resuelve el concurso general, convocado
por Resolución de 24 de febrero de 2025.
La Resolución de 24 de febrero de 2025 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo
de 2025) anunciaba la convocatoria para cubrir por el sistema de concurso general (Ref.ª
FG1/25 AESF) puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, a la vista de las
solicitudes presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta formulada
por la Comisión de Valoración sobre los puestos de trabajo a adjudicar,
Esta Dirección, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 25.1, apartado i),
del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal
de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto, ha resuelto:
Primero.
Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el anexo a los
funcionarios que se mencionan en los mismos.
Segundo.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles si no
implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del
día siguiente al de cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En el
supuesto de que la resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma
de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
Tercero.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo
de toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre
designación o por el de concurso, en otros Departamentos o Comunidades Autónomas.
Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán
derecho al cobro de indemnización por concepto alguno.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de su publicación, ante el Director de la Agencia Estatal de
Seguridad Ferroviaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses a partir de su notificación, de conformidad con lo establecido en los
cve: BOE-A-2025-12684
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. II.A. Pág. 82585
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
12684
Resolución de 13 de junio de 2025, de la Dirección de la Agencia Estatal de
Seguridad Ferroviaria, por la que se resuelve el concurso general, convocado
por Resolución de 24 de febrero de 2025.
La Resolución de 24 de febrero de 2025 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo
de 2025) anunciaba la convocatoria para cubrir por el sistema de concurso general (Ref.ª
FG1/25 AESF) puestos de trabajo en la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria.
Cumplidas las normas reglamentarias y las bases de la convocatoria, a la vista de las
solicitudes presentadas, la valoración de los méritos alegados y la propuesta formulada
por la Comisión de Valoración sobre los puestos de trabajo a adjudicar,
Esta Dirección, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 25.1, apartado i),
del Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se crea la Agencia Estatal
de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto, ha resuelto:
Primero.
Adjudicar, con carácter definitivo, los destinos que se relacionan en el anexo a los
funcionarios que se mencionan en los mismos.
Segundo.
El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles si no
implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes si comporta cambio de
residencia o reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del
día siguiente al de cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles
siguientes a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En el
supuesto de que la resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma
de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
Tercero.
Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo
de toma de posesión, se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre
designación o por el de concurso, en otros Departamentos o Comunidades Autónomas.
Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y, en consecuencia, no generarán
derecho al cobro de indemnización por concepto alguno.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de su publicación, ante el Director de la Agencia Estatal de
Seguridad Ferroviaria, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses a partir de su notificación, de conformidad con lo establecido en los
cve: BOE-A-2025-12684
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.