Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-12733)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos de Gestión.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 82886
7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para
que acrediten su identidad.
Asimismo, en cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere
conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos
de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
propondrá su exclusión al rector magnífico, dando traslado, asimismo, de las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas a los efectos procedentes.
7.5 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que
pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones
que estime pertinentes.
7.6 Una vez realizada la fase oposición, el Tribunal hará pública la relación de
aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada.
7.7 Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo
improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la
relación antes citada, para presentar en el Registro Electrónico de la Universidad los
documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2, código U02800252,
Sección PTGAS Funcionario. Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la
Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
La no presentación de dichos documentos en el plazo señalado, determinará la no
valoración de los mismos.
7.8 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de
oposición, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos
objeto de la valoración.
7.9 La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases: oposición y concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Primero: la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio; segundo: la mayor
calificación obtenida en el primer ejercicio; tercero: la mayor puntuación obtenida en los
méritos de la fase de concurso, por el orden establecido en la convocatoria.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la UNED, y se
computarán los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de
Personal al día de finalización del plazo de solicitudes de esta convocatoria.
Octava. Relación de aprobados.
8.1 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará público el nombre del aspirante que
las ha superado con la puntuación total obtenida en el proceso, y asimismo figuraran las
puntuaciones totales obtenidas en cada fase.
8.2 El Tribunal elevará, finalmente, al Rector la correspondiente propuesta de
nombramiento como funcionario de carrera de la Escala de Técnicos de Gestión de la
UNED a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo. El Rectorado hará
público en el «Boletín Oficial del Estado» el nombre de dicho aspirante.
Novena. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.
9.1 En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución donde se publica el nombre del
aspirante aprobado, deberá éste presentar aquellos documentos que acrediten las
condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión de
la UNED, dirigidos a la Vicegerencia de Recursos Humanos y Organización, Sección
PTGAS Funcionario, a excepción de aquellos que obren en poder de la citada
Vicegerencia.
Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada,
la declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
cve: BOE-A-2025-12733
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Sec. II.B. Pág. 82886
7.4 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para
que acrediten su identidad.
Asimismo, en cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere
conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos
de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
propondrá su exclusión al rector magnífico, dando traslado, asimismo, de las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas a los efectos procedentes.
7.5 Corresponderá al Tribunal la verificación y apreciación de las incidencias que
pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones
que estime pertinentes.
7.6 Una vez realizada la fase oposición, el Tribunal hará pública la relación de
aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación alcanzada.
7.7 Los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo
improrrogable de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al que se haga pública la
relación antes citada, para presentar en el Registro Electrónico de la Universidad los
documentos acreditativos de los méritos referidos en la base 6.2, código U02800252,
Sección PTGAS Funcionario. Los méritos se acreditarán con certificación expedida por la
Unidad de Personal del Organismo en que fueron prestados los servicios.
La no presentación de dichos documentos en el plazo señalado, determinará la no
valoración de los mismos.
7.8 Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de
puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes que superaron la fase de
oposición, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos
objeto de la valoración.
7.9 La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en cada una de las fases: oposición y concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
Primero: la mayor calificación obtenida en el segundo ejercicio; segundo: la mayor
calificación obtenida en el primer ejercicio; tercero: la mayor puntuación obtenida en los
méritos de la fase de concurso, por el orden establecido en la convocatoria.
De persistir el empate, se atenderá a la antigüedad total en la UNED, y se
computarán los años, meses y días de servicio que consten en el Registro Central de
Personal al día de finalización del plazo de solicitudes de esta convocatoria.
Octava. Relación de aprobados.
8.1 Finalizadas ambas fases, el Tribunal hará público el nombre del aspirante que
las ha superado con la puntuación total obtenida en el proceso, y asimismo figuraran las
puntuaciones totales obtenidas en cada fase.
8.2 El Tribunal elevará, finalmente, al Rector la correspondiente propuesta de
nombramiento como funcionario de carrera de la Escala de Técnicos de Gestión de la
UNED a favor del aspirante que haya superado el proceso selectivo. El Rectorado hará
público en el «Boletín Oficial del Estado» el nombre de dicho aspirante.
Novena. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.
9.1 En el plazo de veinte días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación
en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución donde se publica el nombre del
aspirante aprobado, deberá éste presentar aquellos documentos que acrediten las
condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Técnicos de Gestión de
la UNED, dirigidos a la Vicegerencia de Recursos Humanos y Organización, Sección
PTGAS Funcionario, a excepción de aquellos que obren en poder de la citada
Vicegerencia.
Asimismo y dentro del citado plazo deberá entregarse, debidamente cumplimentada,
la declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
cve: BOE-A-2025-12733
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150